La Junta de Andalucía ha decidido introducir una excepción a la limitación horaria que exige el cierre de los establecimientos de hostelería y restauración a partir de las 18 horas vigente desde el pasado martes día 10 para permitir que continúen con su actividad hasta las 23.30 horas “exclusivamente para el servicio de entrega a domicilio”, fijando las 22.30 horas como “hora límite para realizar pedidos”.
Así lo establece una “corrección de errores” de la orden de 29 de octubre de la Consejería de Salud y Familias por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía para la contención del coronavirus Covid-19 que publica este viernes el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), justo un día después de las multitudinarias movilizaciones protagonizadas por el sector de la hostelería y la restauración en las ocho capitales de la comunidad.
Dicha orden, en vigor desde el pasado 30 de octubre, establecía “como horario de cierre de los establecimientos las 22.30 horas como máximo, salvo que se trate de establecimientos de hostelería con régimen especial de conformidad con lo dispuesto en el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía”.