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Sánchez, ¿en funciones de qué?

El presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez

Garbiñe Biurrun Mancisidor

Aunque no soy yo muy partidaria de balances, listas de éxitos o de fracasos, libros más vendidos, personas más influyentes, etc., ahora que cerramos año y década parece obligada una cierta valoración de la marcha de nuestras vidas y de cómo influyen en ellas las decisiones de las instituciones del Estado. Máxime cuando alguna de ellas está “en funciones” y actúa como si estuviera “ausente”. Máxime cuando resulta que, incluso en el filo de la campana, terminando el año, se nos vuelve a sorprender con decisiones tan preocupantes como la de no intervenir en la regulación del Salario Mínimo Interprofesional o la revalorización de las pensiones para el año 2020.

Pues bien, cada vez es más claro que las políticas públicas tienen una gran trascendencia en nuestras vidas, individuales y colectivas –sí, en plural, porque yo personalmente tengo varias vidas colectivas– y que los tiempos están cambiando, pues apreciamos realmente el papel de lo público en nuestro bienestar, en sentido amplio. Y es muy claro también que son estas políticas públicas las que pueden y deben garantizar nuestra seguridad, nuestra libertad y nuestra igualdad.

Pensaba, estaba y estoy realmente convencida de que esto era así y de que el Estado –todas sus instituciones y poderes– estaba obligado a ello. Y uno de estos poderes es, desde luego, el Gobierno, incluido el Gobierno “en funciones”, que no es un ente o un poder distinto.

Pero resulta que el pasado viernes –aunque anunciado ya con anterioridad– supimos que el Gobierno de Sánchez –“en funciones”, sí, ya lo sé– decide que no va a incrementar el Salario Mínimo Interprofesional ni las pensiones públicas porque está en dicha situación. O sea, lo contrario de lo que procede hacer para sofocar el miedo y la inseguridad ciudadana, para brindar tranquilidad y para proporcionar la seguridad de que el Estado, pase lo que pase, es nuestro respaldo y que nada nos faltará –en otros tiempos hemos cantado esto en relación a otros seres ahora afortunadamente sustituidos por el Gobierno de lo común–.

Pues resulta que el presidente Sánchez ha decidido que el mensaje a trasladar es otro, justamente el contrario, el de que nuestras vidas, nuestra tranquilidad y nuestros derechos dependen de determinados factores, concretamente hoy, el de si hay o no Gobierno “pleno”, esto es, Gobierno que no esté “en funciones”.

Me resulta incomprensible desde todos los puntos de vista –todos los que alcanzo a apreciar–. De un lado, no se sostiene desde la oportunidad de comunicar a la ciudadanía sus intenciones de cara al futuro, que nos sigue hurtando en este largo y tedioso tiempo de negociación a fuego lento para la formación del nuevo Gobierno. De otro lado, es un planteamiento errado, claramente errado, desde el punto de vista de la regulación vigente, de las funciones de un Gobierno en tal situación y de la experiencia reciente –del propio Sánchez incluido, sin ir más lejos–.

En efecto, yerra una vez más el presidente en funciones. Yerra porque la Ley de Gobierno, si bien es cierto que limita la gestión del Gobierno en funciones al despacho ordinario de los asuntos públicos y le obliga a abstenerse de adoptar cualesquiera otras medidas, lo hace con la salvedad de los casos de urgencia debidamente acreditados o cuando haya razones de interés general cuya acreditación expresa así lo justifique. O sea, que un Gobierno en funciones puede actuar prácticamente en los mismos casos en que, con un tenor casi similar, la Constitución prevé la actuación de un Gobierno en situación ordinaria mediante la figura del Real Decreto Ley (RDL), norma que, como ya es bien sabido, puede dictarse por el Gobierno en caso de extraordinaria y urgente necesidad.

Y lo cierto es que Sánchez conoce bien, sin duda, toda esta regulación. De un lado, es evidente que parece saber sobradamente lo que es la urgente necesidad, pues el Gobierno que preside ha dictado varios Reales Decretos Ley amparados en tal urgencia. A destacar, de entre ellos, por razones de coherencia –o de falta de ella, más bien– el Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo. O sea, que la revalorización de las pensiones, que no se hizo por Ley, sino por la dicha vía del RDL, era una cuestión de “extraordinaria y urgente necesidad” para el año 2019, cuando no estaba en funciones, pero no lo es para 2020. Pues bien, de haberse estimado, como habría sido coherente, la concurrencia de tal necesidad urgente, el Gobierno en funciones, con idéntica legitimidad y ajuste a la legalidad, podía haber procedido a su revalorización. Como ya lo hizo el Gobierno de Rajoy, “en funciones”, al aprobar el incremento del SMI para 2016 en un Real Decreto de 29 de diciembre de 2015, estando en funciones.

Pero es que además el propio Gobierno de Sánchez, en “funciones”, ha tenido en cuenta tal posibilidad, y así lo ha debido de apreciar, al dictar el Real Decreto Ley 18/2019, de 27 de diciembre –o sea, hace exactamente tres días–, norma relativa a medidas en materias tributaria catastral y de Seguridad Social, en el que tras recordar su situación “en funciones” se alegan razones de urgencia para adoptar decisiones en todas las dichas materias, salvo en la de Seguridad Social, respecto de la cual, en esencia, se mantiene, como es sabido, la situación de 2019.

Incomprensible, por tanto, desde un punto de vista de oportunidad política y de respuesta a la necesidad ciudadana e incoherente desde el punto de vista de la utilización de las normas por su Gobierno “en funciones”.

Aunque, bien pensado, subyace la oportunidad y la “coherencia” de hacernos tragar que solamente un Gobierno pleno con el propio Sánchez a la cabeza nos puede garantizar la seguridad, igualdad y libertad que nos debe el Estado. ¿Qué dirán de ello el resto de poderes del Estado? Y, sobre todo, en este momento, ¿qué dirán quienes parece que serán sus socios y/o apoyos? ¿O están todos “en funciones”?

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