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La Junta de Andalucía alega que la cuñada de la jueza María Núñez “nunca” gestionó transferencias de financiación

La cuñada de la juez Núñez "nunca" gestionó las transferencias de financiación en la agencia IDEA

Europa Press

El PP-A ha presentado un incidente de recusación contra la juez María Núñez Bolaños en la causa abierta para investigar las transferencias de financiación recibidas por la agencia IDEA procedentes de la Consejería de Empleo o Innovación a través de un programa distinto al 31L alegando, entre otros motivos, que una cuñada de la magistrada trabaja en IDEA, aunque distintas fuentes consultadas por Europa Press, entre ellas de la propia agencia, han indicado que la misma “nunca” gestionó las transferencias de financiación.

El PP-A explica en el incidente planteado que las causas que motivan la recusación de la magistrada, y que le hacen incurrir en “causa de abstención”, son el parentesco motivado por el desempeño profesional de la cuñada de la juez y el hecho de tener “interés directo o indirecto en el pleito o causa”, tal y como establece el artículo 219.10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).

Según subraya el PP-A en su incidente de recusación, consultado por Europa Press, “la técnico del área de Control y Seguimiento del uso de los fondos públicos que maneja la agencia IDEA, incluidas las transferencias de financiación provenientes de las consejerías de Empleo e Innovación, María Guija Villa, es la cuñada de la juez, que es quien investiga el uso inadecuado de las transferencias de financiación” de IDEA.

“Sin lugar a dudas, la cuñada de la juez ha participado, por acción u omisión, en los hechos que se investigan y, en consecuencia, puede o debe ser parte en el proceso”, indica el PP-A, que asevera que a ello se suma “el irregular acceso al puesto de trabajo de María Guija, que al parecer accedió a un contrato de trabajo indefinido en la agencia IDEA en el año 2003, de la mano del entonces secretario general, Francisco Oyonarte, para el que trabajó en un primer momento”.

Así, añade que María Guija sería “una de las 12 personas contratadas con carácter indefinido por el IFA durante el ejercicio 2003, cuya contratación se ha realizado vulnerando los principios y el procedimiento establecidos” en el artículo 15 del Convenio Colectivo. “Dicho en términos latinos, 'Do ut Des'”, (te doy para que me des), señala el PP-A.

Frente a ello, fuentes de la agencia IDEA consultadas por Europa Press han indicado que la cuñada de la juez, licenciada en Derecho, es una funcionaria de nivel técnico inferior que realiza labores de secretaria o administrativa, de forma que sus funciones “no tienen nada que ver” con la gestión de las transferencias de financiación sino con el seguimiento de los fondos propios de la agencia.

Su labor “es meramente administrativa y sin capacidad de resolución”, han señalado las distintas fuentes consultadas.

En su incidente de recusación, el PP-A también afirma que “puede inferirse un interés directo o indirecto de su señoría por mantener un control exhaustivo de la causa, sin presencia de otras partes incómodas para ella, en aras de evitar que su cuñada sea llamada al proceso como investigada”.

PLEITO CIVIL

“Ese interés directo se ve reforzado cuando ahora sabemos que en los hechos investigados pudiera haber participado y estar implicada su cuñada y sus superiores mediatos o inmediato y que, a través de la misma, pudiera haber obtenido ciertos datos o informaciones de manera extrajudicial que le hayan llevado a formar unos prejuicios incompatibles con la imparcialidad”, sostiene el PP-A.

En este punto, los 'populares' dicen que “la mera sospecha de que ello haya sido posible o haya pasado” constituye “una razón suficiente para apreciar la causa de la presente recusación, en cuanto la mera duda sobre si se ha perdido la apariencia de imparcialidad es suficiente para su estimación”.

Frente a ello, las fuentes consultadas han aseverado que la cuñada de la instructora “está peleada y enfrentada con el resto de sus hermanos en Sevilla” y, de hecho, existe un pleito civil entre ellos, de forma que “no existe contacto” entre María Guija y sus hermanos y tampoco de la primera con la juez.

EL INCIDENTE DE RECUSACIÓN

Las fuentes han indicado que, formalmente, el PP-A todavía no es parte en esta causa al estar pendiente de que la Audiencia Provincial de Sevilla resuelva su recurso contra el auto en el que la juez le impuso una fianza de 30.000 euros para poder ejercer la acusación popular, lo que podría conllevar que el incidente de recusación --sobre el que ahora se tiene que pronunciar la Fiscalía-- fuera directamente inadmitido a trámite.

En el incidente de recusación, el PP-A recuerda que la juez le impuso dicha fianza de 30.000 euros, una exigencia que “es inasumible y absolutamente injusta y desproporcionada”.

Esta decisión fue recurrida en apelación por los 'populares', tras lo que la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla anuló el auto donde la magistrada impuso dicha fianza y pidió a la juez instructora que dictara una nueva resolución donde “justifique la razón de la imposición en esta causa de una fianza que no ha venido exigiendo en otros supuestos”.

Tras ello, y según indica el PP-A, la magistrada dictó un nuevo auto en el que, “sin fundamentar su decisión, vuelve a imponer la prestación de fianza en cantidad de 30.000 euros”, lo que ha sido recurrido ante la Audiencia por el PP-A, que apunta que ha sido en esta resolución “donde hemos podido evidenciar la verdadera motivación y los prejuicios ajenos a la Ley que subyacen en su señoría para imponer la fianza”.

“PREJUICIOS IDEOLÓGICOS”

“Pretende su señoría justificar su decisión en falsedades y prejuicios ideológicos ajenos absolutamente a la Justicia y que denotan la parcialidad impropia de un buen juez”, asevera el PP-A, que precisa que la magistrada le atribuye “falsamente” una solicitud “insistente de instruir” la causa.

A ello se suma que la juez “continúa con el prejuicio, salvo que tenga información extrajudicial contrastada que le permita llegar a esa conclusión, lo que sería aún más injustificado, que la instrucción podría convertirse 'en una causa de dimensiones y con afectados, personalidades políticas de signo contrario al partido que ejerce la acusación popular, aún mayor” que en el caso ERE.

De este modo, y según el PP-A, la juez “sitúa a los posibles investigados más como perjudicados que como posibles responsables de conductas e infracciones penales que han afectado gravemente al erario público andaluz y entrando a valoraciones de contenido político que son ajenas al ejercicio de la jurisdicción y contrarias a la división de poderes y que ponen en evidencia el sesgo y la parcialidad de la decisión adoptada”.

En su escrito, el PP-A manifiesta que, en el marco de la causa, “y con independencia de los órganos o personas que hayan decidido y ordenado el desvío de fondos públicos a un uso inadecuado, la gestión de los fondos de la agencia IDEA se lleva desde la dirección de Finanzas”, y en este punto asegura haber tenido conocimiento de que la técnico del área de Control y Seguimiento de la dirección de Finanzas de IDEA “es María Guija Villa, hermana de Julio Guija Villa, que es el cónyuge” de la juez.

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