Imputados cuatro funcionarios de Las Palmas de Gran Canaria por mantener abierta una gasolinera Disa sin licencia

Estación de servicio Disa en Jinámar. (ALEJANDRO RAMOS)

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

Cuatro altos funcionarios que están o han estado vinculados al área de Urbanismo del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria permanecen imputados por un presunto delito de prevaricación al haber mantenido abierta una gasolinera de Disa en el barrio de Jinámar a pesar de que una sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) revocó los permisos que había concedido el Consistorio a la petrolera de los Carceller por una serie de irregularidades en su tramitación.

Dos de los técnicos implicados en esta causa, que se sigue en el Juzgado de Instrucción número 8 de la capital, también están imputados en un procedimiento similar, el que investiga la demora de once meses en ejecutar la orden judicial de cierre de un restaurante de la calle Malteses, en la zona de Triana-Vegueta. Se trata de Gonzalo Muñoz García de la Borbolla, jefe del servicio de Actividades Comerciales e Industriales del Ayuntamiento, y Carmen Nieves Martín, directora general de Ejecución Urbanistica.

Las otras dos querelladas (por aparecer su firma en algunos de los documentos del expediente) son María Ángeles Canella León, jefa de sección de Actividades Comerciales e Industriales, y María Antonia García Carló, que fue directora general de Ordenación Urbanística en el Consistorio en la época de los hechos denunciados.

El conflicto entre Disa y un grupo de vecinos y empresarios de la zona de Jinámar, representados por el despacho de abogados López y López, tiene su origen en un convenio urbanístico firmado por la petrolera y el Ayuntamiento a través del cual se permutaban varios solares, entre ellos el ubicado en las Ramblas de Jinámar, esquina con la Avenida Santa Rita de Casia, que es el que ha dado lugar a la controversia.

Disa solicitó en noviembre de 2005 la licencia para la instalación de una gasolinera en esta parcela, permiso que fue concedido en julio de 2006. El Ayuntamiento pidió entonces documentación a la petrolera dando inicio a un enrevesado procedimiento administrativo que le llevó a archivar en agosto de 2007 el expediente para la concesión de la licencia de apertura –por caducidad del mismo- y a reabrirlo cuatro meses después al interpretar como un recurso un escrito de Disa de apenas dos párrafos que , según pone de manifiesto la querella, no negaba “en ningún momento” los motivos que condujeron al Consistorio a caducarlo.

Esta resolución es la que da origen a un contencioso judicial que se terminaría resolviendo por sentencia firme del TSJC -en julio de 2010- en favor de los denunciantes y que obligaría al Ayuntamiento a retrotraer el expediente y, por lo tanto, a revocar las licencias concedidas.

No obstante, mientras se tramitaba este procedimiento judicial, el expediente siguió caminando y las obras de la estación de servicio concluyeron en el verano de 2009, momento en el que Disa solicitó la licencia de apertura y la consideró concedida por silencio administrativo positivo días después, cuando anunció el inicio de la actividad.

Sin embargo, se volvió a topar con el no de la administración local, que denegó el funcionamiento de la actividad. Para ello, el Ayuntamiento se basó en un informe técnico que revelaba las diferencias entre el proyecto presentado (una construcción de 2.165,54 metros cuadrados y posibilidad de ampliación) y las obras ejecutadas (4.460,29 metros cuadrados), una parte de ellas realizadas sobre el espacio libre colindante. Además, los querellantes han defendido en el proceso que la estación de servicio ha invadido un vial público.

Paralización voluntaria en 48 horas

Los vecinos interpusieron denuncias en octubre de 2009 al entender que la gasolinera permanecía abierta sin los permisos requeridos. La respuesta llegó cuatro meses después, en febrero de 2010. El Ayuntamiento decretó la paralización voluntaria de la actividad en un plazo de 48 horas y la orden de precinto se firmó en abril de ese mismo año, pero la estación de servicio nunca ha llegado a cerrarse.

Y es que por esas mismas fechas, el Ayuntamiento otorgó una nueva licencia de instalación que dejó sin efecto la concedida en 2006 tras un informe favorable del Cabildo de Gran Canaria. Veinte días después de ordenar el precinto, un técnico municipal dictó un informe de reconocimiento final de obra en el que concluía que la instalación se ajustaba “sensiblemente” al proyecto aprobado. Los querellantes recuerdan que la concesión de licencias es un acto reglado y que, como tal, no admite valoraciones de ese tipo: “O se ajusta o no; no puede ser sensiblemente diferente”, señalan.

Tras este informe, el Ayuntamiento acabaría concediendo la licencia de apertura y funcionamiento a Disa el 13 de mayo de 2010, dos meses antes de que se convirtiera en firme la resolución judicial desfavorable a los intereses de la petrolera.

La última pirueta en este complejo procedimiento administrativo tendría lugar en abril de 2012 con dos resoluciones opuestas por parte del Ayuntamiento. El día 17 anuló los permisos concedidos a Disa el 13 de mayo y un día después acordó ampliar la licencia de instalación para suministro de propano. Se da la circunstancia de que esta última resolución tiene un número de registro anterior a la anulación a pesar de estar fechada con posterioridad. En opinión de los querellantes, esta actuación demuestra que el Consistorio ha intentado “evitar a toda costa” el cierre de la estación de servicio.

Por su parte, en su primera declaración en los juzgados, Gonzalo Muñoz García de la Borbolla justificó su decisión de no ejecutar la orden de clausura y precinto de la gasolinera en aplicación de “un principio de proporcionalidad”, ya que la empresa había solicitado el reconocimiento final de obra “con informe favorable a todo el proyecto” y que el otorgamiento de la licencia “era inminente”. También defendió que no impuso ninguna sanción a la petrolera porque “no era verdaderamente un expediente sancionador, sino de restitución del orden jurídico infringido” y reconoció que no era habitual que se tardara cuatro meses en resolver las denuncias documentadas de los ciudadanos.

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