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OPINIÓN | '¿Y qué hacemos con los otros incendiarios?, por L.Taboada
Sobre este blog

La Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía, constituida en 1990, es una asociación de carácter privado, sin ánimo de lucro, cuyo fundamento lo constituye la Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclamada por la ONU en 1948. Aunque el ámbito de afiliación de la APDHA y su área directa de actuación sea el territorio andaluz, su actividad puede alcanzar ámbito universal porque los Derechos Humanos son patrimonio de toda la Humanidad.

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¿Cómo afronta la administración penitenciaria la salud mental en prisión?

Marta Horno

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La Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía, constituida en 1990, es una asociación de carácter privado, sin ánimo de lucro, cuyo fundamento lo constituye la Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclamada por la ONU en 1948. Aunque el ámbito de afiliación de la APDHA y su área directa de actuación sea el territorio andaluz, su actividad puede alcanzar ámbito universal porque los Derechos Humanos son patrimonio de toda la Humanidad.

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Desde la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA) conocemos de primera mano la respuesta a la pregunta del titular de este post: desde una perspectiva puramente regimental y no terapéutica. Esta realidad no solo responde a una falta de recursos médicos, sino también a la arraigada creencia de que la política del castigo soluciona los problemas. Y para el sistema, una persona con una enfermedad mental en prisión es, ante todo, un problema.

¿Qué hace la administración cuando una persona no se adapta a las normas de convivencia en una prisión? Castigar ¿Y qué hace la administración cuando esa persona tiene una enfermedad mental que le hace imposible esa adaptación? Lo mismo: castigar.

Nuestra denuncia sobre la gran cantidad de personas con patologías mentales graves encerradas en prisión es histórica; una realidad que, en muchos casos, viene precedida por una alarmante falta de tratamiento previo.