Fascinante. La secretaria general del Partido Popular, María Dolores de Cospedal, está a punto entrar en trance de puro alborozo tras haber perdido la demanda de protección del honor que interpuso contra su ex tesorero, Luis Bárcenas, al que reclamaba 100.000 euros de indemnización y la divulgación de la sentencia, caso de ser favorable a sus intereses. Nunca una derrota judicial de tal calibre había sido vuelta tan del revés para acabar transformada en una victoria, y todo porque el juez considera probado que intromisión en el honor, propiamente dicha, hubo: acusar a una dirigente política de recibir sobresueldos es, como mínimo, faltón, pero dado que el carácter público de la presidenta de Castilla La Mancha aminora su protección al honor, no hay condena que valga. El PP se agarra con mayor fuerza, sin embargo, a las consideraciones que el magistrado vierte en su sentencia acerca de la credibilidad de Luis el Cabrón, del que relata sus cambios de estrategia y de versiones y sus idas y venidas sobre la contabilidad B del partido, como si en esa demanda de protección del honor fuera eso lo que se dilucidaba. El regocijo y la euforia no se hicieron esperar en la sede de la calle Génova, desde donde se emitió un comunicado dando casi por hecho que Bárcenas miente siempre y que los hechos que investiga la Audiencia Nacional son, en aplicación de esa teoría, falsos. Olvidó su señoría, como olvida el PP con su desmedido entusiasmo, que las investigaciones policiales, fiscales y judiciales apuntan justo a lo contrario, pero está en su derecho en extender entre la opinión pública su especial tinta de calamar. Curiosamente, no se condena a la demandante a las costas procesales porque, sostiene el juez, Cospedal creyó siempre que fue Bárcenas el que filtró los papeles a El País, cosa que no pudo probarse en el juicio. El periódico ?bueno es recordarlo- estaba incluido como demandado, pero en un hecho muy elocuente, Cospedal retiró en el mismo juicio su acusación tras la clamorosa evidencia de que los papeles no eran falsos, como mantenía desde un principio. La sentencia admite recurso ante la Audiencia Provincial, pero dada la satisfacción obtenida por la parte demandante, todo hace pensar que no ejercitará ese derecho. ¿O lo hará? A ver que explican llegado tal caso.