Condena al Cabildo de El Hierro por ''negarse a informar''

El grupo socialista en el Cabildo herreño ha visto satisfecha su demanda judicial por vulneración del derecho fundamental a la información y control de la actividad de la Administración. La Sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 reconoce al PSOE herreño la “vulneración de sus derechos” y “echa por tierra los maniqueos argumentos” del presidente del Cabildo, Tomás Padrón, para negarse a informar sobre las empresas públicas (Mercahierro y Meridiano).

La sentencia condena a la Corporación demandada a proporcionar la información solicitada y a permitir el acceso a la documentación precisa para la comprobación de los datos solicitados. La resolución judicial desestima, también, la pretensión de “inadmisibilidad por satisfacción extraprocesal” que argumentaba por el Cabildo, que aseguraba que no cabría el recurso porque la información “ya fue entregada”, pero el Juzgado desestimó tal pretensión.

Según informan en un comunicado, en septiembre de 2010, el grupo socialista en la corporación insular se vio obligado a presentar un recurso para la protección de los derechos fundamentales al entender que se vulneraba el derecho a la información que solicitaban, pues, según su versión, fueron varios los continuos retrasos y negativas por parte del Cabildo para facilitar a este grupo político la información solicitada.

Después de dos años reiterando la solicitud, los consejeros socialistas tuvieron que acudir al Juzgado para la salvaguardar “no sólo el derecho al acceso a la información, que como consejeros tienen, sino también por la responsabilidad de control sobre la actividad administrativa”.

El portavoz del PSOE en el Cabildo de El Hierro, Matías Ayala, afirma que en la sentencia “queda claro” que la denuncia del grupo socialista al Cabildo Insular se centra en que “la concreta petición de información realizada por los recurrentes en modo alguno puede considerarse excesiva o paralizadora de la actividad municipal; por contrario, se trata de un petición limitada y de fácil acceso”.

En cuanto a las dificultades que ha puesto la Corporación Insular para facilitar la información, la sentencia reconoce expresamente: “debe destacarse que, vista la persistencia en el tiempo de las dificultades de acceso a la información y la documentación necesaria para el ejercicio de la función pública de control que corresponde por razón de cargo público”.

También reconoce la sentencia la obligación que tiene el Cabildo de “informar directamente, y no a través de las empresas públicas, para así enredar y retrasar aún más la información”. “No parece razonable que la Corporación demandada pueda considerar justificada su actuación consistente en limitarse a transmitir la solicitud de información a las sociedades mercantiles en cuestión”.

En la sentencia se establece que tales entidades mercantiles son “entes filiales del Cabildo, que es la matriz y que como tal puede y debe ejercer las superiores funciones de control que legalmente le corresponde y corregir las disfunciones que desde hace años se vienen denunciando para garantizar a los Consejeros del Cabildo el eficaz ejercicio de su función de control como tales consejeros”.

También destacan que “carece de fundamento jurídico alguno” la excusa que el presidente Insular planteaba sobre si esa información se da al consejo de la empresa o no pues la Sentencia destaca que los consejeros tienen derecho a la información como consejeros de las empresas públicas, “pero más aún como consejeros del Cabildo, que al ser matriz de las empresas debe vigilar, coordinar, informar y no sólo limitarse a pagar las pérdidas de cientos de millones de pesetas como viene haciendo cada año”.

Para los consejeros socialistas esta vulneración de los derechos fundamentales “no creen que haya terminado con el fallo de la resolución judicial” pues temen que el Cabildo se siga negando a entregar la información y se vean obligados a iniciar un proceso de ejecución de sentencia.

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