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El Gobierno cuela en los Presupuestos para 2019 una amnistía fiscal a la estiba sin especificar el importe y a espaldas del PP

Terminal de contenedores del puerto de Las Palmas. EFE/Elvira Urquijo A.

Jennifer Jiménez

Las Palmas de Gran Canaria —

El Gobierno de Canarias ha incluido en el proyecto de Ley de los Presupuestos Autonómicos de 2019 la condonación de las deudas tributarias contraídas por la Sociedades Anónimas de Gestión de Estibadores Portuarios (SAGEP). Lo ha hecho sin especificar en ese documento la cifra exacta que se le perdona y lo que, por tanto, dejará de recaudar Hacienda. Un dato que tampoco ha aclarado la Consejería al ser cuestionada por este periódico. Además, el Ejecutivo Regional ha incorporado esta disposición a espaldas de su socio en la aprobación de estos presupuestos, el PP, que no tenía conocimiento de ello, según ha reconocido a este periódico su presidente, Asier Antona.

Fuentes expertas consultadas apuntan a que es la primera vez que figura en un proyecto de ley de los presupuestos la condonación de una deuda. Además, consideran que es irregular que no se determine cuál es el importe que se va a perdonar a la SAGEP, cuyo abogado es Víctor Díaz, que también defiende al presidente del Gobierno de Canarias, Fernando Clavijo, en el caso Grúas.

Desde la consejería aseguran que la decisión se ha tomado porque la estiba ha recurrido una sentencia de un juzgado del norte de España que determinaba que la SAGEP sí que debía pagar el IGIC y creen que el Supremo les dará la razón porque en esa línea también se ha pronunciado una sentencia europea. Sin embargo, se trata de una decisión para la que no se han aportado informes jurídicos o de intervención que avalen la medida.

Concretamente, en la disposición cuadragésimo tercera se explica que “quedan condonadas, independientemente de su firmeza, las deudas tributarias por el concepto de Impuesto General Indirecto Canario liquidadas por la Agencia Tributaria Canaria derivadas de actuaciones inspectoras en las que se ha interpretado que no es de aplicación del artículo 12.5 de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias, a determinadas prestaciones de servicios de cesión de personal en relación a la carga o descarga de buques afectos a la navegación marítima internacional”.  

En la publicación del proyecto de ley de los presupuestos no se incluía justificación alguna. Sin embargo, este martes la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad registraba un documento con una serie de correcciones de errores que venían en este proyecto. En ese escrito se sigue sin aclarar el importe que se deja de recaudar al perdonar esta deuda, pero además hace una llamada de atención a la propia Agencia Tributaria Canaria.

En ese último informe, el Gobierno justifica esta medida en los perjuicios que puedan generarse para los contribuyentes por una “quiebra por parte de la Agencia Tributaria Canaria del principio de confianza legítima”. Conforme a la jurisprudencia existente, señala que este principio “implica la exigencia de un deber de comportamiento de la Administración que consiste en la necesidad de observar en el futuro la conducta que sus actos anteriores hacían prever y aceptar las consecuencias vinculantes que se desprenden de esos propios actos”.

En ese escrito del Ejecutivo, se expresaba que la Agencia Tributaria Canaria estimó que la exención contemplada tiene naturaleza subjetiva y que solo es aplicable cuando el destinatario del servicio es la persona o entidad propietaria del buque o a la que corresponda su explotación. Sin embargo, la extinta Dirección General de Tributos estimó que se trataba de una exención objetiva, que debía aplicarse en función de la naturaleza del servicio y no del destinatario. En una consulta de diciembre de 2017, la Viceconsejería de Hacienda ratificó esta doctrina de la Dirección General de Tributos, que no tuvo efectos vinculantes para la Agencia Tributaria Canaria.

A las cuestiones planteadas por este periódico, la Consejería de Hacienda ha señalado que se trata de una deuda a la que no podían hacer frente estas empresas. La Sociedades Anónimas de Gestión de Estibadores Portuarios (SAGEP) está compuesta por sociedades como Operaciones Portuarias Canarias, La Luz S.A,  La Luz Market S.A y Líneas Marítimas Canarias.

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