Declarado procedente el despido del gerente de una farmacia de Tenerife que triplicó su sueldo
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha declarado procedente el despido del encargado de una farmacia en Santa Cruz de Tenerife que de forma unilateral se triplicó el sueldo, de forma que pasó de los 3.700 euros mensuales pactados a casi 10.000.
El trabajador llegó a fijarse inicialmente un salario de 45.200 euros anuales por medio de un contrato de alta dirección en calidad de director gerente, aunque meses después de aumentarlo fue despedido, alegando la empresa causas disciplinarias.
En concreto, se le atribuyó que no había presentado cuentas, que se aumentó de forma indebida el salario y uso indebido de la tarjeta de la empresa, entre otros incumplimientos.
El trabajador fue contratado por su propio padre y dueño de la farmacia quien, cuando le comentó que se iba a incrementar el sueldo, le remitió a una responsable de la empresa, con la que al parecer nunca llegó a contactar.
Su progenitor también estuvo al frente de la demanda por despido defendiendo a la compañía y en contra de la posición de su hijo.
El despedido reclamó casi 73.000 euros de indemnización, cantidad que según afirmó, había pactado en su momento con la farmacia que, por su parte, siempre mantuvo que el despido era procedente, aunque en principio fue considerado lo contrario por el Juzgado de lo Social.
Por ello, se ordenaba o bien su readmisión o el abono de 6.812 euros en concepto de salarios dejados de cobrar, más otros 45.200 como finiquito, a lo que se añadiría el 10 por ciento de mora.
Los responsables de la empresa alegaron que se habían sorprendido “sobremanera” de que se hubiese atribuido el mencionado salario bruto que nunca había sido autorizado, lo que consideraron “una deslealtad” que causó una desproporción en las cuentas de la farmacia.
También se alegaron otras razones para el despido como una pérdida de 4.500 euros en medicamentos que no fue compensada por el seguro, que el teletrabajo supuso “un descarado abandono” de sus obligaciones y que incurrió en diversos “abusos de confianza”.
El TSJC concluye que alguien nombrado como gerente no se puede aprovechar de sus facultades y poderes para contratar consigo mismo un importante incremento salarial que no estaba justificado ni había sido autorizado, por lo que se estaría ante un “abuso de confianza”.
La Sala cree que el denunciante incurrió en un incumplimiento “grave y culpable” de sus obligaciones y de la buena fe y lealtad exigibles por lo que se concluye que el despido es procedente y el trabajador no tiene derecho a ser indemnizado ni a cobrar paro.
El contrato firmado en su día fijaba que era responsable de desarrollar la planificación y adoptar acciones para alcanzar los objetivos anuales, todo lo que se refiere a la contratación, fijar horarios, vacaciones, control de altas y bajas, de las cuentas bancarias y organización de medios materiales, entre otros.
0