Un policía de Santa Cruz de Tenerife, entre los primeros condenados del país por acoso vecinal

Audiencia provincial de Santa Cruz de Tenerife

Efe

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Un vecino de Santa Cruz de Tenerife, policía de profesión, se ha convertido en una de las primeras personas de España que cumplirá condena por acoso vecinal, después de que el Tribunal Supremo haya desestimado su último recurso contra la sentencia de la Audiencia Provincial.

El fallo lo condenó a seis meses de prisión, a una multa de quince meses y al pago de 3.000 euros en concepto de daños morales.

En mayo, los tribunales pusieron marcha el proceso de cobro de la multa, accediendo a que la pagara a razón de 300 euros cada mes, como proponía su defensa. Pero el principal extremo que debe cumplir es cesar en el acoso continuado a la familia afectada.

Este proceso judicial se abrió después de que durante años una familia de Santa Cruz de Tenerife sufriera el comportamiento de su vecino. Todo comenzó en 2015, cuando el ya condenado comenzó una serie de acciones encaminadas a “vigilar, amedrentar y hostigar de manera insistente y reiterada a su vecina colindante”, que reside con cinco personas más (sus tres hijos y sus padres).

Cada vez que la víctima sacaba el perro de paseo, el procesado se hacía el encontradizo y la invitaba a salir juntos, pero la negativa de la mujer dio lugar a que comenzara el hostigamiento.

Igualmente, procedía a fotografiar constantemente a la familia y a quienes iban a la vivienda, así como a sus vehículos.

También se interponía frente al coche de la denunciante para evitar que saliera del garaje, según recogen los hechos probados de la sentencia del Juzgado de lo Penal que lo condenó en primera instancia.

Ese juzgado, primero, y la Audiencia, después, dieron por acreditado que el acusado gritaba expresiones con la clara intención de causar temor en la denunciante, tales como “no saben con quién se están metiendo”, “soy miembro de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad de Estado”, “te voy a amargar la vida” o “¿cuándo le ponemos precio a tu cabeza”.

Si se daba cuenta de que la mujer estaba limpiando la casa y “por alguna circunstancia estaba sola”, entonces le decía que parara y repetía que le iba a amargar la vida.

Cuando se celebraban reuniones familiares y con amistades, increpaba a los asistentes y decía que iba a llamar a la Policía.

En ese momento sacaba fotos a los asistentes y a sus coches, “con una actitud desafiante”. En una ocasión en la que unos operarios estaban colocando una pérgola de madera en la vivienda, el acusado dio fuertes golpes con un objeto metálico y dijo a su vecina “que cuando la cogiera sola le iba a cortar el cuello, haciendo gestos con las manos de que le iba a pegar un tiro portando”.

La mujer se asustó y corrió a refugiarse en el interior de la vivienda mientras que el condenado dio varios golpes y una patada a la puerta del garaje de la casa con tal fuerza que dejó una marca.

Era habitual además que golpeara de forma violenta la pared contigua y los insultos también eran constantes.

Los dictados de los sucesivos tribunales han calificado de “hostigamiento” su comportamiento, que también se concretó en la presentación por parte del condenado de denuncias ante las administraciones públicas, la Policía Local o la Agencia de Protección de Datos.

Ante Urbanismo, interpuso continuos requerimientos alegando que las obras que se realizaban en la casa de la denunciante eran ilegales, ninguno de los cuales prosperó tras constatarse que contaban con los permisos pertinentes.

La ira de este hombre surgía también cuando se sacudían las alfombras. En una ocasión, el ahora condenado “acabó desquiciado profiriendo tacos e insultos”. Otra vez presentó una denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos por la colocación de unas cámaras de video que, según alegó, apuntaban a su vivienda, lo que fue descartado por este organismo.

Tras todo este sufrimiento, la afectada acabó sufrió estrés postraumático crónico. La perito psicóloga que la examinó descartó un posible trastorno psicótico mental que hubiese desencadenado estas acusaciones y concluyó con que la conducta del vecino era el único factor estresante continuado como desencadenante de las secuelas que padece.

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