El Supremo avala la intervención del Gobierno regional en CajaCanarias
La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia, a la que ha tenido acceso mirametv.com, en la que ratifica la decisión del Gobierno autonómico de intervenir en la extinta CajaCanarias, que fue transformada por decreto del Ejecutivo en una fundación de carácter especial en 2013.
El Supremo desestima los argumentos esgrimidos por la representación legal de CajaCanarias que, tal y como anunció en su momento en los medios de comunicación el último de sus presidentes, Álvaro Arvelo, presentó un recurso de casación contra la sentencia de 2015 del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que avaló la decisión del Gobierno regional de intervenir la entidad.
La sentencia del Supremo tumba todos los argumentos esgrimidos por la defensa de CajaCanarias, que sostiene que la intervención del Gobierno no estaba justificada al haber actuado la entidad según los pasos que establece la normativa para su transformación en fundación sin ánimo de lucro.
La Sala considera válidos los argumentos del TSJC, que en el fallo de instancia concluye que se incumplieron los plazos. La norma fija un límite de cinco meses para llevar a cabo el proceso, algo que incumplió CajaCanarias, según los fundamentos de derecho de la resolución.
No hay que olvidar que el proceso de transformación viene marcado por el Real Decreto-Ley 11/2010, de 9 de julio, mediante el que se reformó el régimen jurídico de las cajas de ahorros con la intención de dar una solución a la situación adversa en la que naufragaban estas entidades, ahogadas por el impacto de la crisis financiera internacional.
El objetivo de la reforma se fundamenta en la idea de garantizar la permanencia de las cajas y fortalecer su posición al servicio de la economía productiva. Además de afrontar la capitalización de las entidades afectadas y fomentar las estrategias de fusión, la norma persigue también la preservación de la obra social.
El fallo del Tribunal Supremo recuerda que la legislación establece que, en el caso de que se incumplan los plazos para la transformación en fundación, se debe proceder a la disolución de todos los órganos de gobierno de la caja en cuestión, a dar de baja a la entidad en el registro del Banco de España, y a la constitución de una comisión gestora que dirija el proceso, tal y como hizo el Gobierno de Canarias.
El recurso de casación de la entidad sostiene que no era necesario obtener el permiso del Ejecutivo regional y la inscripción en el Registro de Fundaciones en el plazo de cinco meses, algo que los magistrados del Supremo rechazan de plano al considerar que estos requisitos están fijados con claridad en la norma. Tampoco comparte la Sala el argumento de que la resolución del Gobierno canario infringió la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. La sentencia desestima las tres cuestiones esgrimidas por los recurrentes y condena a la Fundación CajaCanarias al pago de las costas.