El Tribunal Supremo respalda el aumento de la condena de un hombre por abuso a un menor interno del Seminario de La Laguna
El Tribunal Supremo (TS) ha respaldado aumentar la pena de dos a cuatro años de cárcel a un estudiante y ayudante de disciplina del formador del Seminario de La Laguna acusado de abusar de un menor interno.
En su momento la Audiencia Provincial de Tenerife impuso una condena de dos años pero a continuación del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) aumentó la pena a cuatro años.
El investigado ostentó el cargo de distributario durante los cursos 2014 a 2018, lo que le permitiría relacionarse con los seminaristas más jóvenes, realizando labores organizativas, de apoyo y disciplinarias, por lo que su dormitorio se encontraba en la planta junto con los menores internos.
Según la sentencia, en 2017 comenzaron los acosos por medio de caricias, besos, envío de mensajes dentro de un libro, en mano o por debajo de la puerta instándole a mantener sexo oral con él, a lo que el menor siempre se negó.
También le mandó fotos de sus genitales, llevó a cabo varios tocamientos a los del joven e instó a éste a que hiciera lo propio con los suyos.
Tras la celebración del juicio, la Audiencia Provincial consideró que el seminarista era responsable de un delito de abuso sexual y lo condenaba a dos años de prisión, libertad vigilada durante cinco y la inhabilitación por tres años para desempeñar cualquier trabajo que implique contacto directo con menores.
En principio el acusado quedó absuelto de otros dos cargos, se le impuso una orden de alejamiento durante dos años y el pago de mil euros a los padres por el daño moral causado.
El Ministerio Fiscal presentó un recurso ante la Sala de lo Penal del TSJC y como consecuencia de que fuera estimado la pena de cárcel aumentó de los mencionados dos años a cuatro.
La Audiencia tuvo en cuenta para situar la condena en dos años en el hecho de que el acusado nunca usó la violencia o intimidación y que cuando la víctima mostraba su rechazo no trataba de forzarle, lo que éste atribuyó al temor que le inspiraba el poder que el investigado tenía en el Seminario.
Efectivamente, el Supremo concluye que el acusado abusó de su situación de superioridad para cometer los hechos denunciados y por lo tanto defraudó la confianza en él depositada los responsables del Seminario.
Ante la entrada en vigor de la legislación que deroga el delito de abuso sexual y lo equipara al de agresión, la defensa consideró que se debería proceder a la absolución a lo que el Ministerio Fiscal respondió que en este caso particular no existía diferencia alguna entre la legislación anterior y la nueva, lo que avala ahora del TS que mantiene la pena de cuatro años en vez de la inicial de dos.
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