El mismo alcalde que denunció el caso Emalsa pactó no acusar al empresario más beneficiado

Sede de Emalsa en Las Palmas de Gran Canaria

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

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El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria renunció en febrero de 2015, con Juan José Cardona (PP) como alcalde, a ejercer acciones judiciales vinculadas al contrato de alquiler de la actual sede de la empresa municipal de aguas de la capital, Emalsa. Una operación que, según la Fiscalía, ocasionó un quebranto a la sociedad mixta (participada en un 34% por capital público y en un 66% a partes iguales por dos socios privados, Sacyr-Valoriza y Saur) de dos millones de euros. Esta renuncia expresa figura en un acuerdo transaccional suscrito entre Emalsa (representada por el entonces concejal de Aguas de la corporación municipal, Martín Muñoz García de la Borbolla, del PP) y la constructora Satocan, que había comprado el edificio pocos días antes de firmar el contrato de arrendamiento. 

Ese pacto, que llegó después de un procedimiento judicial que obligó a rebajar el “desorbitado” precio de alquiler de los 75.000 a los 60.000 euros mensuales, ha sido la causa por la que el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria no ha formulado acusación contra el presidente de Satocan, Juan Miguel Sanjuán, una de las mayores fortunas de las Islas y el empresario más beneficiado por las operaciones investigadas, ni contra otros dos representantes de la constructora que sí han sido señalados tanto por la Fiscalía como por la acción popular, ejercida por la asociación El Sol Sale para Todos. 

El juez instructor ya ha decretado la apertura de juicio oral contra los quince imputados en la causa (directivos, técnicos y miembros del Consejo de Administración de Emalsa), para los que el Ministerio Público solicita penas de entre dos y seis años de cárcel por el delito de apropiación indebida o, de forma alternativa, por el de administración desleal

La Fiscalía ha cifrado en 23 millones de euros el perjuicio ocasionado a la empresa de aguas por las irregularidades detectadas en una veintena de contratos, la mayoría de ellos suscritos con Sercanarias, filial de los socios privados de Emalsa en el lustro investigado (2007-2012). 

De ese quebranto cuantificado por el Ministerio Público, dos millones de euros se vinculan al polémico alquiler de las oficinas a Satocan. En julio de 2008, la empresa de aguas decidió cambiar de sede y trasladarse del edificio que ocupaba de forma gratuita desde 1992 (fecha de la semiprivatización de Emalsa) en la céntrica plaza del Obelisco a un inmueble situado en el Centro Comercial Las Ramblas, en la zona de Las Torres, en el extrarradio de la capital, con tres plantas (cada una de 883 metros cuadrados), nueve trasteros que suman otros 300 metros y cuarenta plazas de garaje. El presidente de la empresa arrendadora, Juan Miguel Sanjuán, era, a su vez, representante de Valoriza-Sacyr en el Consejo de Administración de Emalsa. 

El contrato establecía un precio de alquiler mensual de 90.000 euros y una duración de treinta años. La constructora se garantizaba, al menos, veinte años de renta. Una auditoría realizada por Auren en 2013 (el mismo año en el que el entonces alcalde, Juan José Cardona (PP), decidió llevar el caso a la Fiscalía con recortes de artículos publicados en la prensa) reveló que Emalsa pagó por este alquiler más del doble de lo que le correspondía. Ese informe señalaba que, según los precios de mercado en esa zona, la tarifa no debió rebasar los 37.500 euros al mes. 

Durante los dos años siguientes a la formalización del contrato, las oficinas estuvieron vacías. A lo largo de la instrucción, los representantes de la compañía han asegurado que esta tardanza se debió a las obras para adecuar el espacio a las necesidades de la entidad, unos trabajos que ocasionaron un coste de alrededor de un millón de euros y que provocaron que finalmente solo se habilitaran dos de las tres plantas alquiladas. En los seis primeros meses, Emalsa abonó 90.000 euros por el arrendamiento. Posteriormente se redujo el precio hasta los 75.000 euros y ya en 2014 la renta volvió a bajar hasta los 60.000 euros, un 60% más del precio de mercado en el momento de la firma del contrato de alquiler con la empresa constructora.  

El escrito de acusación elaborado por los servicios jurídicos del Ayuntamiento pasa de puntillas por esta polémica operación a pesar de dedicar diez de sus 83 folios a relatar el proceso de abandono y entrega parcial de la antigua sede de la compañía en la plaza de la Constitución (conservó solo una oficina en la parte baja del edificio) y de las controversias suscitadas entre la corporación municipal y Emalsa por la transferencia o los pagos de suministro.

Once millones de perjuicio

Otra de las notorias diferencias entre los escritos presentados por el Ministerio Público y el Consistorio capitalino radica en la cuantificación del daño patrimonial. Mientras la Fiscalía cifra el perjuicio para la empresa municipal de aguas en 23 millones de euros, la administración local  fija la responsabilidad civil por las irregularidades en la veintena de contratos suscritos entre la compañía y Sercanarias, la filial de los socios privados, en el periodo comprendido entre 2007 y 2011 en cuatro millones de euros, aunque se reserva la potestad de determinar las cantidades “con mayor exactitud” en fase de ejecución de sentencia, una pretensión que choca, según las fuentes jurídicas consultadas, con Ley de Enjuiciamiento Civil, de aplicación al caso. 

Según el artículo 219 de esa norma, cuando se reclame en un juicio una condena al pago de una cantidad de dinero deberá cuantificarse “exactamente su importe, sin que pueda solicitarse su determinación en ejecución de sentencia”, salvo que se fijen “claramente las bases con arreglo a las cuales se deba efectuar la liquidación, de forma que esta consista en una pura operación aritmética”. “No podrá el demandante pretender, ni se permitirá al tribunal en la sentencia, que la condena se efectúe con reserva de liquidación en la ejecución”, apunta la norma.

Aparte de esos cuatro millones, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria reclama otros siete millones a Valoriza por las cantidades cobradas y no justificadas a través del denominado pacto de prestaciones especiales, un acuerdo que también firmó el otro socio privado de la compañía de aguas, Saur, empresa que en octubre de 2018 se hizo con el control del 66% de Emalsa y a la que, sin embargo, no se le exige la devolución del dinero recibido por esta vía.  

 Según explica el propio Consistorio en su escrito de acusación, estos pactos, aprobados por el denominado Comité de Gerencia, formado por representantes de la parte privada, incluían dos tipos de prestaciones. Por un lado, las básicas, por las que Emalsa se comprometía a abonar el 2% de su cifra de negocio en el ejercicio económico en curso a sus socios privados para el desarrollo de la gestión de la entidad. Por el otro, las especiales, sin cuantía fijada pero que requerían un acuerdo por escrito de las partes que detallara su necesidad y las cifrara. 

La auditoría desveló que la compañía de aguas pagó cada año a sus socios privados 900.000 euros (450.000 a cada uno) por este concepto a través de facturas que no describían ni el motivo de esa prestación ni el nombre de la persona que lo recibía. Los servicios jurídicos del ayuntamiento sugieren que estas prestaciones especiales fueron utilizadas para abonar retribuciones complementarias a los directivos de la empresa. 

El escrito de acusación del consistorio capitalino exculpa a la parte pública y atribuye el “evidente perjuicio” a las arcas de Emalsa a “una pésima dirección y administración” que generó “un claro beneficio a Sercanarias y, por tanto, a sus socios privados”. Detalla que durante la época investigada se conculcaron “de manera continuada” los procesos de contratación previstos en la ley y en los propios estatutos de la empresa, adjudicándose la mayoría de los contratos a la filial de Valoriza y Saur sin pliegos ni concurrencia de ofertas. El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria sostiene que las irregularidades e ilicitudes no se limitaron a la contratación, sino también “al despliegue de sus efectos y altos costes, llegando en algunos casos a ser desproporcionados”. 

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