La Audiencia declara prescrita la condena a Miguel Ángel Ramírez por obras en espacio protegido

Pérgola y pajarera en la finca de Ramírez.

Agencias/CanariasAhora

Las Palmas de Gran Canaria —

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha declarado este lunes prescrita la condena de tres años de cárcel que impuso en 2011 al empresario Miguel Ángel Ramírez por realizar unas obras consideradas ilegales en la finca de su vivienda dentro de un espacio protegido, el paraje de Pino Santo, en Gran Canaria.

El tribunal deja sin efecto así el castigo fijado para al presidente de la UD Las Palmas por aquellos hechos, condena que nunca ha llegado a cumplir, ya que primero se le concedió un indulto parcial (2013) y, cuando este fue anulado por el Tribunal Supremo por un defecto de forma, la Audiencia Provincial le otorgó una suspensión de la pena a la espera de que el Consejo de Ministros resolviera si procedía o no concederle la medida de gracia (2016).

En un auto dictado este lunes, los magistrados Emilio Moya, Oscarina Naranjo y Mónica Herreras reconocen que la reforma del Código Penal aprobada en 2015 beneficia a Ramírez a la hora de fijar en qué fecha ha quedado prescrita su condena. Y, según su criterio, la pena impuesta en su momento al empresario grancanario lleva ya casi un año prescrita, en concreto desde el 22 de febrero de 2017.

Esta resolución, contra la que “no cabe recurso alguno”, según precisa el propio tribunal, pone fin al largo recorrido que han tenido en los juzgados las obras que Miguel Ángel Ramírez realizó hace una década en su finca para construir un camino, una pérgola, una pajarera y un muro de cerramiento.

El empresario grancanario fue condenado por un delito contra la ordenación del territorio porque, primero el Juzgado de lo Penal número 5 de Las Palmas de Gran Canaria y luego la Audiencia Provincial entendieron que las instalaciones que había construido en su finca suponían una “grave conculcación de la normativa reguladora de la ordenación del territorio, mediante la ejecución de una serie de cuantiosas obras que no resultan autorizables”.

En 2013, Ramírez recibió un indulto parcial que conmutaba su pena por otra inferior que le evitaba ingresar en la cárcel, con la condición de que tirara las obras irregularmente realizadas.

Sin embargo, el Supremo anuló en 2015 el indulto por un defecto de forma achacable a la propia Administración de Justicia (la Audiencia Provincial se equivocó al decidir cuál era el “tribunal sentenciador” que debía emitir en preceptivo informe al Gobierno).

Miguel Ángel Ramírez consiguió en entonces que la Audiencia de Las Palmas declarara en suspenso su condena hasta que el Consejo de Ministros determinara si le concedía de nuevo el indulto o se lo denegaba, en atención a “las circunstancias excepcionales” que se había producido durante el proceso de ejecución de la sentencia.

Y, después de ello, los recursos promovidos por el empresario por la vía contencioso administrativa acabaron dándole la razón: en mayo del año pasado, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Las Palmas de Gran Canaria decretaba que la finca no ocupaba espacio natural protegido, por lo que las obras para las que solicitó licencia debieron ser autorizadas.

Miguel Ángel Ramírez es el accionista de referencia del Grupo Ralons y de Seguridad Integral Canaria, empresa esta última que se declaró en suspensión de pagos hace unas semanas tras sus problemas para abonar las nóminas a su plantilla.

Ramírez recurrirá al Supremo para anular la condena

Ramírez ha iniciado la tramitación de un recurso de revisión ante el Tribunal Supremo (TS) para que anule la condena por el delito contra la ordenación del territorio. Así lo ha informado un portavoz del Grupo Ralons, que añade que la presentación de este recurso se va a producir al entender que se trata de un delito que nunca cometió.

Para el empresario, se da la paradoja de que las obras por las que había sido condenado en vía penal en marzo de 2010 por delito contra la ordenación del territorio resultaron posteriormente conformes a Derecho en la vía contencioso-administrativa.

Etiquetas
stats