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La Justicia obliga al Cabildo de Gran Canaria a revisar el concurso de helicópteros contraincendios

Uno de los helicópteros de extinción de incendios contratado por el Cabildo de Gran Canaria para la temporada 2017

Iago Otero Paz

Las Palmas de Gran Canaria —

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 4 de Las Palmas de Gran Canaria ha obligado al Cabildo de Gran Canaria a revisar el concurso de los helicópteros contraincendios que, desde el año 2014, presta la compañía portuguesa HTA Helicópteros a pesar de que fue la última empresa en puntuación en la Mesa de Contratación tras Aeronaves del Noroeste (Airnor) y Helicópteros Insulares.

A raíz de este contrato adjudicado a HTA Helicópteros por las temporadas de los veranos entre 2014 y 2017, con una base de licitiación de 3,5 millones de euros que puede ascender hasta los 5,3 millones de euros según las prórrogas previstas, Airnor interpuso un recurso contra la adjudicación del expediente para la contratación del servicio de fletamiento de helicópteros para la defensa contra incendios forestales en Gran Canaria que no fue admitido por el Cabildo y que sirvió para ratificar el contrato con HTA Helicópteros. Ante esto, Airnor no bajó los brazos y decidió interponer un recurso contencioso-administrativo contra esta desestimación que el pasado 4 de mayo el Juzgado capitalino ha estimado parcialmente. No obstante, la Corporación insular ha recurrido esta decisión.

El contrato entre el Cabildo y HTA Helicópteros fue adjudicado mediante una resolución de abril de 2014 por la por entonces consejera de Medio Ambiente y Emergencias, María del Mar Arévalo. Según se recoge en la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico, para este concurso se presentaron las tres compañías ya citadas y en la Mesa de Contratación del 12 de febrero de 2014 se propuso que se otorgara el contrato a la empresa gallega Airnor. Sin embargo, las otras dos empresas presentaron reclamaciones el 27 de ese mismo mes en las que solicitaron que se paralizara la adjudicación del contrato y se realizara las comprobaciones pertinentes. El 3 de abril se emitió un informe técnico en el que se recogía que Airnor no disponía de aparato de reserva, que la edad de una de las aeronaves no se corresponde con la ofertada, que no dispone de algunos de los componentes solicitados en el pliego y que existen dudas de que los pilotos ofertados cumplan al menos 300 horas de incendios, pero el informe técnico rechazó a la empresa única y exclusivamente por no disponer de helicóptero de reserva. En cuanto a Helicópteros Insulares, su oferta no fue considerada por el hecho de no cumplir con las condiciones de antigüedad de los aparatos, por lo que quedó como vencedora HTA Helicópteros, a quien se le adjudicó el contrato definitivamente el 30 de abril de 2014.

Ante esta resolución, tanto Airnor como Helicópteros Insulares optaron por presentar sendos recursos ante las adjudicaciones del contrato en junio de 2014, pero el Cabildo de Gran Canaria los desestimó en mayo de 2015, motivo por el que comenzó este litigio.

Airnor basa su demanda en dos hechos concretos, en primer lugar por entender que la actuación del Cabildo realizada con posterioridad a la propuesta de la adjudicación del contrato a favor de la recurrente carece de amparo normativo y en base a las mismas no se puede modificar la adjudicación del contratante y, en segundo lugar, cuestiona su exclusión de la licitación.

La jueza María del Carmen Monte rechaza la primera de las cuestiones porque entiende que lo que existió fue “una mera propuesta de adjudicación que no genera derecho alguno en favor de la actora frente a la administración hasta que el contrato es adjudicado por acuerdo del órgano de contratación”. Por tanto, cree que es legítimo por parte de la administración paralizar la adjudicación tras las reclamaciones porque es algo que está amparado en el Pliego de Prescripciones Técnicas, en el que se recoge que la Corporación insular “podrá realizar cuantas pruebas estime necesarias para corroborar cualquiera de estas características sobre los helicópteros ofertados antes de proceder a la adjudicación” definitiva. De este modo, la magistrada sostiene que la actuación no fue contraria a la normativa de aplicación ya que “lo único que existió fue una mera propuesta de adjudicación” que se modificó tras las actuaciones de comprobación realizadas.

Sin embargo, sí que comparte la Justicia los argumentos de Airnor a la hora de no entender la causa de su exclusión por no disponer del helicóptero de reserva ya que la empresa gallega alega que sí contaba con este y que la única prueba en la que se basa el técnico para considerar acreditado que no “es una llamada telefónica”. En efecto, la sentencia recoge que la única comprobación realizada por el técnico para verificar la disponibilidad de aeronave de reserva fue una llamada al teléfono de la propietaria del helicóptero ofertado, la catalana Helitrans Pyrinees, quien le informó de que el citado aparato estaba comprometido con la campaña contra incendios en Cataluña y que no existía acuerdo formal con Airnor. La recurrente, “frente a la inconsistencia” de esta prueba, aportó un certificado del administrador de Helitrans Pyrinees que contradice la conversación telefónica. En este escrito se señala que el 3 de enero de 2014 Airnor llegó a un acuerdo con la empresa catalana para poder ofertar la aeronave como helicóptero de sustitución o reserva al concurso del Cabildo grancanario y que a la fecha de la firma del documento este helicóptero no se encontraba comprometido con ninguna administración pública, por lo que no concurría la causa de exclusión apreciada por el Cabildo.

Desde la Corporación Insular el director general de Medio Ambiente, Manuel Amador, recalca que los servicios de los helicópteros en la campaña contraincendios de este año y el que viene no corren peligro a pesar de este pleito.

Problemas con HTA en los últimos años

Lo cierto es que la empresa portuguesa HTA Helicópteros ha tenido problemas desde que ganó el concurso. El primero, el hecho de no contar con los permisos para volar en España al no disponer en un principio con el Certificado de Operador Especial que emite la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (Aesa) para poder operar en España, por lo que en 2015 no ejerció y tuvo que subcontratar el servicio.

Ya en el verano de 2016 la compañía lusa comenzó a operar un mes más tarde de que comenzara la campaña, motivo por el que el Cabildo de Gran Canaria le abrió un expediente.

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