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La suspensión del juez Alba se aplaza al menos una semana más por el retraso del TSJC en comunicar la apertura de juicio

El juez Salvador Alba.

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

Salvador Alba no será suspendido en sus funciones como juez al menos hasta la próxima semana. La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) no ha incluido en el orden del día de la reunión prevista para este jueves la situación del magistrado, procesado por cinco delitos (prevaricación judicial, falsedad en documento oficial, cohecho, revelación de secretos y negociaciones prohibidas a funcionarios públicos) relacionados con sus maniobras contra la también jueza Victoria Rosell. El motivo es que hasta este miércoles no ha llegado al CGPJ el auto de apertura de juicio oral dictado por Margarita Varona, magistrada instructora de la causa contra Alba en el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), el pasado 8 de mayo y comunicado a las partes el día 10.

En ese mismo auto, Varona ordenó trasladar la resolución al órgano de gobierno de los jueces para su conocimiento, ya que la apertura de juicio contra un magistrado lleva aparejada su suspensión cautelar hasta que se dicte sentencia firme en uno u otro sentido (absolución o condena). Ha sido este miércoles cuando la Sala de lo Penal del alto tribunal canario ha enviado el auto a Madrid. El TSJC no ha dado explicaciones oficiales sobre las causas de esta demora en la comunicación de la resolución judicial.

A partir de este momento se abre un proceso que concluirá de forma previsible con la separación temporal de Salvador Alba de la judicatura. El auto de apertura de juicio oral ha llegado al servicio de personal judicial del CGPJ, que dará audiencia en un plazo de tres días al magistrado y al Ministerio Fiscal para que se pronuncien. Transcurrido este periodo, deberá elevar una propuesta a la Comisión Permanente del Consejo, que se reúne cada jueves y que es la que debe adoptar la decisión definitiva de suspenderlo de forma provisional. La Permanente está compuesta por el presidente del Tribunal Supremo y del órgano de gobierno de los jueces, Carlos Lesmes, y por otros siete magistrados, cuatro de ellos nombrados por turno judicial y otros tres de entre juristas de reconocida competencia.

La demora del TSJC en comunicar el auto de apertura de juicio oral permitirá al juez Alba, siempre que no continúe de baja médica, participar en la deliberación del caso Faycán, prevista para este viernes, junto a sus dos compañeros de Sala, Carlos Vielba y Oscarina Naranjo. El magistrado ha anunciado que esa deliberación se celebrará el viernes aunque no haya recibido el alta y que, para ello, hará “el esfuerzo con lo que sea necesario”. Como informó Canarias Ahora este martes, juristas del ámbito contencioso-administrativo ya han advertido, citando jurisprudencia del Supremo, de que es “imposible” que pueda ejercer alguna actividad vinculada a su cargo mientras se encuentre en situación de incapacidad temporal.

Si la deliberación del caso Faycán finalmente se celebra este viernes, cualquiera de los otros dos jueces de la Sala podrá dictar la sentencia, a pesar de que el ponente designado es Alba. El caso Faycán juzga una trama de corrupción en el Ayuntamiento de Telde durante el mandato 2003-2007, con un gobierno de coalición formado por el Partido Popular (PP) y Ciudadanos por el Cambio (Ciuca). De los 28 procesados en este procedimiento, 21 han reconocido los hechos a cambio de una sustancial reducción de penas. Entre los encausados que siguen defendiendo su inocencia se encuentran dos exalcaldes del municipio, Francisco Valido y María del Carmen Castellano, ambos del PP y ambos en política activa.

Alba pide anular el auto de Varona

El abogado de Salvador Alba, Nicolás González-Cuéllar, presentó el 10 de mayo, el mismo día en el que se comunicó a las partes el auto de apertura de juicio oral, un escrito en el que pedía anular la resolución adoptada por la jueza instructora, Margarita Varona, al entender que se habían vulnerado sus derechos fundamentales de defensa, de tutela judicial efectiva y a un juez imparcial.

El incidente de nulidad presentado por el letrado de Alba, de apenas tres folios, utiliza los mismos argumentos que ya fueron rechazados en anteriores recursos y peticiones de recusación. Sostiene el magistrado procesado que Margarita Varona ya había prejuzgado su conducta cuando archivó, en diciembre de 2016, las diligencias abiertas contra Victoria Rosell por la querella formulada  por el exministro de Industria José Manuel Soria, una querella que incorporó pasajes literales de un informe reservado elaborado por Alba que ha sido también objeto de investigación por presunta falsedad. Según la defensa del magistrado, desde el momento en el que Varona sobreseyó la causa contra Rosell decidió imputarle los delitos por los que ha sido recientemente acusado.

Denuncia además que la instructora decretó la apertura de juicio oral sin que se hubiera resuelto otro incidente de nulidad presentado por Alba, en este caso contra el auto que transformó las diligencias previas en procedimiento abreviado. El escrito del juez también se dirige contra otros dos compañeros de profesión, los magistrados del TSJC Antonio Doreste (presidente del alto tribunal canario) y Carla Bellini, a quienes acusa de no haberse abstenido de participar en determinados trámites del procedimiento.

Alba también ha recurrido la fianza de 85.000 euros que le impuso Varona para hacer frente a las responsabilidades civiles en las que pudiera incurrir con Victoria Rosell, que ejerce de acusación particular en la causa en calidad de víctima y que ha reclamado 80.000 euros de indemnización por daños morales. El juez pide que se deje sin efecto esa fianza al entender que no existe ningún riesgo de insolvencia, puesto que Alba tiene una póliza de responsabilidad civil y defensa jurídica, ni de eludir la acción de la justicia, además de que, en su opinión, esta medida “no puede depender del criterio de un particular que ejerce la acusación, sin que hasta el momento y dado el tiempo transcurrido, haya podido acreditar los supuestos perjuicios que señala hipotéticamente le habrían sido irrogados”.

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