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Supermercados Lupa deberá dar un día adicional a sus empleados cuando el de descanso sea festivo

Supermercados Lupa deberá dar un día adicional a sus empleados cuando el de descanso semanal coincida con un festivo fijado en el calendario laboral. Así se desprende de una sentencia, del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, que reconoce este derecho a una dependienta que demandó por ese motivo a la empresa, del grupo Semark.

El fallo, de la Sala de lo Social del TSJC y que no es firme -cabe interponer recurso de casación ante el Supremo-, ratifica uno previo, dictado el pasado mes de octubre por el Juzgado de lo Social número 3 de Santander.

La demandante trabaja para Lupa desde mayo de 2007. Presta servicio como dependienta en un supermercado de Torrelavega seis días seguidos (de lunes a sábados) a turnos, y cuando lo hace de tarde descansa los jueves. En julio de 2024, trabajó desde el día 22 hasta el 27 y descansó el 25, que cayó en jueves y era festivo (Santiago). Pese a esa coincidencia, la empresa no concedió otro día de descanso a esta empleada.

Para avalar su resolución, la Sala del TSJ cántabro se ha basado en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores y también en una sentencia del alto tribunal de abril del año pasado.

De acuerdo con esa norma y la reciente doctrina, los festivos laborales son días de descanso retribuido y no recuperable, pero si coinciden con el descanso semanal previamente fijado, entonces debe concederse un día adicional. Y es que lo contrario generaría una “desigualdad” entre quienes descansan en domingo y quienes, por la organización productiva, tienen asignado otro día.

“Cuando coincide un festivo laboral con el descanso semanal debe concederse a la persona trabajadora afectada un día más de descanso, a fin de que su calendario laboral anual disfrute de igual número de días de descanso que quienes tienen establecido el mismo en el fin de semana”.

“De no adoptarse tal solución, nos encontraremos con la circunstancia de que quienes descansan semanalmente el domingo podrán disfrutar de la totalidad de los festivos anuales, mientras que aquellos grupos minoritarios que, por exigirlo el sistema productivo, deben trabajar también el domingo van a disfrutar de menos descansos que la mayoría de la población”.

Sentencia que afecta a más de 3.000 empleados

De este modo, el TSJC ha desestimado el recurso de Lupa, a la que impone las costas de 850 euros, y ha dado la razón a la dependienta, afiliada al Sindicato Unitario de Cantabria y que indicado que esta sentencia afecta a más de 3.000 empleados de Lupa en Cantabria.

“La resolución sienta un criterio claro y de aplicación general en la empresa” que “pretendía negar el descanso compensatorio”, señala la formación, para la que esta resolución “no es solo la victoria de una trabajadora”, sino “un avance para toda la plantilla”.