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Opinión - ¿Y ahora qué? Por Marco Schwartz

Absuelta de obligar a su nieta a mantener relaciones con un conocido o enviarle fotos por dinero

Audiencia Provincial de Cantabria.

Europa Press

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La Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto a una mujer que fue enjuiciada en febrero por un delito de corrupción de menores y otro de abuso sexual sobre su nieta, menor de edad y tutelada por el Gobierno regional, por obligarla a mantener encuentros con un conocido de la familia o forzarla durante el confinamiento a hacerse fotos desnuda para enviárselas a este hombre a cambio de dinero.

En una sentencia recientemente notificada, la Sección Tercera ha decidido absolver a la abuela porque “no se ha practicado prueba suficiente para desvirtuar el derecho a la presunción de inocencia” de la acusada, que en el juicio negó los hechos y aseguró que eran invención de la joven.

La resolución judicial explica que la menor llegó a España en 2017 para vivir con su abuela, la pareja de esta y su tío. En febrero de 2021 la procesada solicitó la baja de la chica en el instituto en el que estudiaba, pues iba a regresar a su país de origen.

Ese día, la menor envió una carta a un compañero para que se la diese a su psicóloga, denunciando malos tratos por parte de su abuela. Se inició una actuación urgente y el Ejecutivo pasó a tener su tutela, a través del Instituto Cántabro de Servicios Sociales.

Meses después, la denunciante contó a la educadora del ICASS que un hombre, conocido de su abuela, había abusado de ella durante “mucho tiempo” con el consentimiento de la denunciada, y añadió que recibía dinero a cambio.

El Gobierno denunció los hechos y mantuvo la acusación particular en el procedimiento, en el que la Fiscalía solicitó el archivo al no encontrar indicios de delito en la abuela.

Relato poco persistente y coherente

En línea con la petición del ministerio público, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial ha absuelto a la acusada “al no haberse practicado prueba de signo incriminatorio con aptitud suficiente para destruir el derecho a la presunción de inocencia”, y al no considerar “suficiente” para ello el testimonio de la nieta.

En este sentido, el tribunal explica que “solamente” consta el relato de la víctima como “única prueba de cargo” contra la acusada, pero “sin elemento alguno de corroboración periférico externo de carácter objetivo” que pudiera reforzar la versión de la denunciante y que, además, resulta “poco persistente y coherente”.

Los magistrados indican que en las distintas comparecencias de la menor en la instrucción y en el juicio, “no ha declarado siempre las mismas circunstancias en que se produjeron los hechos”, apreciándose “ambigüedades y contradicciones de cierta importancia”.

“En ocasiones impresiona la existencia de una memoria selectiva al recordar perfectamente ciertos hechos y no acordándose de otros más fáciles de recordar y que han quedado reflejados en documentos aportados”, señalan, sobre un relato que “no es espontáneo, sino muy fragmentado”.

Frente a ello, la abuela negó tajantemente los hechos y explicó que el comportamiento de la menor cambió cuando se enteró de que iban a llevarla a su país porque su madre la reclamaba. También negaron los hechos la pareja de la acusada y su hijo.

Sobre las transferencias de dinero que supuestamente la abuela recibía del hombre que presuntamente mantenía relaciones con la nieta, la entidad bancaria informó de que no constan en su base de datos movimientos realizados por él a favor de las cuentas de ella.

Junto a ello, “no se ha aportado ni una sola fotografía o video en la que conste la menor desnuda o en posición sugerente”, y las entregadas son pantallazos de Facebook de fotos de cuatro años antes.

Finalmente, la sala alude a la testifical de la psicóloga que atendió a la joven, quien puso de manifiesto una situación de “maltrato a todos los niveles” por parte de sus familiares y añadió que “nunca le contó ninguna situación de violencia sexual”.

Informó de que la menor le dijo que había llegado a España porque su madre intentó venderla a un señor de su país y que no quería regresar porque tenía miedo a que allí la prostituyeran, pero “nunca hizo la niña ningún comentario de maltrato sexual”.

Para la Audiencia, el informe de la psicóloga “resulta bastante esclarecedor” al detallar el maltrato de su madre, el pánico que siente de volver a su país, negar los abusos sexuales y expresar que se siente mal porque no la comprenden, y considera que el relato que hace la psicóloga de lo dicho por la menor y el que mantiene esta ahora son “absolutamente contradictorios”.

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