El juez Luis Acayro Sánchez ha recurrido ante el Tribunal Constitucional la sentencia del Supremo que le condena por prevaricación a diez años de inhabilitación y le aparta definitivamente de la carrera judicial por haber solicitado información en perjuicio de un abogado sobre los contratos menores que mantenía con un ayuntamiento cántabro.
Una sentencia que duplicó la pena inicial de cinco años impuesta por la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) en octubre de 2022, al entender que el juez tomó la decisión de pedir esos documentos a sabiendas de que era injusto. Es decir, que le condenan por dolo no solo por haber cometido un error, como estimó el primer tribunal.
La decisión del Supremo se tomó por tres votos contra dos. Los magistrados discrepantes consideran que no se pueden manipular o retorcer los hechos probados. Menos aún –precisan– en perjuicio del acusado, sin presenciar la prueba ni haber visto la grabación del juicio, lo que supone un cierto tirón de orejas a la opinión de sus compañeros de toga: “La mayoría introduce en su razonamiento algún salto acrobático alterando la apreciación probatoria”, escriben textualmente.
Acayro apela ahora al veredicto del Constitucional y pide su absolución del delito de prevaricación porque considera que se ha violado su derecho fundamental “a un proceso con todas las garantías” y porque la primera sentencia probó que actuó pensando que hacía lo correcto. Por tanto, en su opinión, no cabe ahora decir que lo hizo a sabiendas de que era injusto.
En la exposición de motivos, argumenta que la primera sentencia fue dictada por una Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) presidida por José Luis López del Moral, que además de haber participado en la designación de la sala que admitió a trámite de la querella, tenía pendiente otro pleito contra el juez Acayro. Lo que, en opinión del recurrente, es una causa de abstención o de recusación. Sin embargo, la recusación fue rechazada porque López del Moral optó por no personarse en calidad de “demandado”.
Para entenderlo: López del Moral y Acayro compitieron por la plaza de presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria. El primero ganó la convocatoria y Acayro recurrió el nombramiento porque consideró que el Consejo General del Poder Judicial no había valorado suficientemente las medidas y méritos en transformación digital, una de las cuestiones relevantes a la hora de la selección. Resulta “evidente” que esta circunstancia “pone en tela de juicio la imparcialidad del juez”, estima la defensa.
El recurso alude, por tanto, al recurso de casación que presentó Acayro por vulneración del derecho fundamental a un juez imparcial y del principio de legalidad porque le han condenado por un delito de prevaricación dolosa “pese a haber tenido por probado que obró creyendo cumplir una obligación profesional”.
En este sentido, pone en evidencia que la sentencia reconoció la incompatibilidad de la condena por prevaricación dolosa con el anterior hecho probado de creer estar cumpliendo una obligación profesional. Sin embargo, y sin haber celebrado audiencia pública ni haber oído personalmente al investigado, mantuvo y agravó la condena de Acayro Sánchez. Para ello eliminó dicho hecho probado y lo sustituyó por uno nuevo: que “no existió creencia equívoca de actuar conforme al derecho, sino conciencia de utilizarlo arbitrariamente”, lo que motivó los votos particulares, subraya el recurso.
De hecho, la parte sustancial del recurso se basa en que la primera sentencia del TSJC declaró probado que Acayro tenía la convicción de estar obrando en cumplimiento de su obligación profesional, “lo cual es incompatible con la condena por prevaricación dolosa de su fallo, que exige el conocimiento de la injusticia”, alega.
La cuestión concreta por la que se ha condenado a Acayro se suscitó en el contexto de la tramitación de un asunto relacionado con la impugnación de una licencia de derribo. El juez pidió los contratos menores de algunos abogados al Ayuntamiento de Castañeda (Cantabria). Uno de ellos, José María del Real, experto en urbanismo, se querelló tres años más tarde junto al Colegio de Abogados contra Acayro por este motivo alegando “abuso en la actuación del juez”.