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Negocios ficticios, maquillaje de cuentas y salida fraudulenta de bienes: el juicio de Ecomasa, visto para sentencia

Aunque estaba previsto, Lavín y de León no han declarado finalmente.

elDiario.es Cantabria

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El juicio del concurso de acreedores de Ecomasa (EWI), la empresa de estufas que recibió 18 millones de dinero público en préstamos y avales, ha quedado visto para sentencia este martes tras una vista de cinco horas de duración en la que la administración concursal se ha ratificado en su petición de calificación culpable del concurso, por “salida fraudulenta” de fondos y bienes, “maquillaje” financiero de las cuentas, retraso en la solicitud del concurso y operaciones tributarias “ficticias”.

La Fiscalía, que apenas ha intervenido en el juicio, se ha adherido al informe del administrador concursal. Ambas partes piden la inhabilitación de los propietarios de Ecomasa, Manuel Jesús Lavín y Andrés de León, por cinco años y ocho años, respectivamente, para llevar a cabo actividades de comercio, formar parte de un órgano societario y administrar bienes ajenos, y les reclaman 2,3 millones de euros de indemnizaciones por daños y perjuicios.

Aunque estaba previsto, Lavín y de León no han declarado finalmente porque la administración concursal, que es quien había solicitado su testifical, ha renunciado a ella.

Mientras tanto, los letrados de la defensa han tratado de demostrar la “actitud proactiva” de Lavín y De León en la búsqueda de nuevos inversores, y que las diferentes operaciones que supusieron salida de dinero de Ecomasa hacia otras empresas del mismo grupo no causaron perjuicio a la primera.

Al contrario, sostienen que formaban parte de un intento de los administradores de dar continuidad al proyecto, del que han remarcado su “beneficio social” puesto que supuso la recolocación de 88 trabajadores despedidos de Teka en la fábrica de estufas del polígono La Cerrada de Maliaño.

Cinco acusaciones

La administración concursal, representada por el letrado Jorge Fernández, ha basado su acusación en cinco hechos: en primer lugar el registro de la marca Sommetfire a nombre de Ecomasa de Inversiones II en enero de 2014, y la posterior compra de la marca por Ecomasa-EWI, por 1,8 millones, a cambio de la extinción de un crédito por el mismo importe, una cantidad que considera “sobrevalorada”, igual que los 900.000 euros que pagó por Chimeneas Barcelona.

Para el administrador concursal y la Fiscalía, “se regalaron 2,7 millones” a Ecomasa II por medio de un “negocio ficticio” y se produjo una “salida fraudulenta de bienes” de Ecomasa-EWI -empresa que recibía fondos públicos y de la que Sodercan era socio-, en este caso hacia la cabecera del holding, de la que no participaba la empresa pública.

“Compro a mi acreedor un activo que se que no vale lo que vale y evito llevar a pérdidas un crédito incobrable”, ha resumido el administrador concursal. Sin embargo, los letrados de la defensa han argumentado que la marca se registró a nombre de la sociedad holding para que fuera utilizada por todas las empresas del grupo y que Ecomasa en ningún momento pagó royaltis por usarla.

La administración concursal también cuestiona el préstamo de 500.000 euros de Ecomasa a NM Chile, otra de las empresas del grupo en la que de igual manera tampoco estaba Sodercan, un préstamo “irrecuperable” -ha dicho Fernández- que se capitaliza a través de la adquisición de participaciones de esta compañía chilena que después quiebra.

La administración concursal y la Fiscalía, representada por la exfiscal superior Teresa Calvo, reclaman a Lavín y De León estos 500.000 euros por “salida irregular” de fondos de Ecomasa. Además, les acusan de presentar autoliquidaciones tributarias “ficticias” -“a cuota cero” desde abril de 2014 hasta el cambio de administradores en 2015, con el fin de “evitar un embargo inmediato o próximo”, y reclaman a De León casi 40.000 euros por este concepto.

Retraso en la solicitud

A ello se une el retraso en la solicitud del concurso, que a juicio de la administración concursal debió producirse o bien el 1 de septiembre de 2014 o bien el 3 de enero de 2015, teniendo en cuenta que hay un plazo de dos meses para solicitar el concurso una vez confirmada la situación de insolvencia.

Fernández ha dicho que en junio las pruebas de la insolvencia “no son clamorosas” pero a fecha 3 de noviembre sí por el “calibre y entidad” de las deudas vencidas, tanto en cuotas a la Seguridad Social como nóminas y pago a proveedores. Además, en ese intervalo Sodercan advirtió que debían presentar concurso.

Los letrados de Lavín y De León, apoyados por las afirmaciones de sus testigos de parte, han justificado que no se solicitó el concurso porque estaban a la espera de la llegada de un inversor privado y de un nuevo apoyo público, y han argumentado incluso que habría sido “irresponsable no agotar hasta el último día” todas las posibles vías para lograr la continuidad de la empresa.

Así, han recordado que en noviembre de 2014 el Parlamento instó al Gobierno a seguir apoyando el proyecto de Ecomasa con una nueva inyección de dos millones de euros, y el Gobierno, entonces en manos del PP, incluyó en los presupuestos una partida específica de tres millones de euros, lo que elevó a 18 millones de euros la aportación pública al proyecto. A la vez, han defendido que la no renovación de los avales públicos, ya a comienzos de la actual legislatura con la llegada de la coalición PRC-PSOE al Gobierno, fue lo que truncó la continuidad del proyecto.

Peritos auditores

En el juicio han declarado el exdirector del Instituto Cántabro de Finanzas, Jorge Gómez de Cos, varios asesores y auditores de Ernst&Young, que realizó una auditoría por encargo de Sodercan; y de de KPMG Auditores, que realizó otro informe por encargo de los propietarios de EWI.

El titular del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santander, Carlos Martínez de Marigorta, ha preguntado a todos los peritos si consideran que las aportaciones de dinero de entes públicos constituyen una forma ordinaria o extraordinaria de financiación de una empresa. El único que la ha defendido como ordinaria ha sido el perito de KPMG, quien ha argumentado que desde 2012 “se diseñó un apoyo decidido” de los organismos públicos al proyecto por su “beneficio social”.

Al respecto, el administrador concursal ha defendido que la financiación pública no es ordinaria y que los préstamos participativos reflejan una situación de insolvencia latente que es causa de solicitud de concurso, por lo que en su opinión Lavín y De León incumplieron su deber en este ámbito.

Aunque sólo Fiscalía y administración concursal pueden hacer dictamen de calificación de concurso, en el procedimiento también están personados SODERCAN y el Instituto Cántabro de Finanzas (ICAF).

El Juzgado de lo Mercantil declaró en concurso voluntario a Ecomasa en septiembre de 2015, al mes siguiente se abrió la fase de liquidación, y en enero de 2016 se autorizó la medida colectiva de extinción de los contratos laborales de la totalidad de la plantilla.

Ha asistido al juicio una representación de los trabajadores de Ecomasa. Durante la vista ha habido alguna referencia a la comisión de investigación que sobre este asunto se ha celebrado en el Parlamento de Cantabria, y sobre la causa penal contra De León y Lavín que instruye el Juzgado nº 5 de Santander a raíz de la querella de los trabajadores, a la que más tarde se unió la denuncia presentada por el Gobierno PRC-PSOE ante la Fiscalía.

El abogado de Lavín ha anunciado que recurrirán el último auto de la jueza instructora, conocido este mismo lunes, que ha archivado las actuaciones contra ambos en lo relativo al presunto delito de malversación de caudales públicos pero mantiene la imputación por el de administración desleal y decreta la apertura de procedimiento abreviado.

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