Las empresas externalizadas son aquellas que contratan a otras compañías especializadas para realizar ciertas tareas que antes se hacían internamente. Se trata de un proceso que permite reducir costes a las compañías multiservicios, pero en muchas ocasiones, lo hacen a costa de no mantener las mismas condiciones laborales del personal “externo”.
Ahora, el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia pionera mediante la cual se abre la puerta a la igualdad salarial y mejora laboral del personal de las empresas externalizadas. Es decir, deberán tener las mismas condiciones laborales de la compañía que las contrata.
Esta sentencia “histórica” la ha logrado UGT de Castilla-La Mancha. El Tribunal Supremo ha dado la razón al sindicato tras un largo periplo judicial. Xupone, solo en el caso del sector logística, una diferencia salarial anual de 7.000 euros por trabajador.
La sentencia, a la que también ha tenido acceso elDiario.es Castilla-La Mancha, la han dado a conocer la secretaria general de UGT-CLM, Lola Alcónez; acompañada de la secretaria general de FeSMC UGT Ana González; Alfredo Ávila, secretario general de la Federación en la provincia de Guadalajara; y Félix Frutos, responsable regional del sector Limpieza.
Ana González ha hablado de un “triunfo histórico” que sienta un precedente de obligado cumplimiento para todos los sectores productivos de Castilla-La Mancha.
El periplo judicial se remonta a 2023, cuando UGT demandó a la empresa Partnerwork Solution, cuyos trabajadores se regían por un convenio colectivo derivado del convenio del campo, con condiciones “mucho peores” que el del sector de operadores logísticos, y con una diferencia salarial anual de cerca de 7.000 euros por trabajador.
Sentencia en primera instancia y recurso de la empresa
El juzgado de lo Social número dos de Guadalajara dio la razón al sindicato, pero la empresa presentó un recurso de suplicación que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha desestimó. El caso se elevó al Supremo, que finalmente ha declarado firme la sentencia dictada en primera instancia.
“Hoy celebramos un triunfo histórico, una sentencia que nunca se ha dado ni en la región ni en el país. Cuando una empresa se dedica a la actividad principal de un sector, debe aplicar el convenio de ese sector”, apuntan desde UGT.
Porque este fallo, según se argumenta en la sentencia, confirma jurídicamente que el salario se defiende en el convenio sectorial y que la “prioridad aplicativa” es “la del convenio del sector. ”Las empresas multiservicios ya no tienen excusa. La sentencia es clara. Igual trabajo, igual salario“, resalta el sindicato.
Por su parte, Félix Frutos ha querido acordarse de todos los compañeros y compañeras que han sido despedidos por Partnerwork, incluida la miembro del comité de empresa que tiene actualmente una demanda en el Juzgado de lo Social de Guadalajara.