La alcaldesa de Palencia recurrirá la sentencia que anula el cese de la secretaria municipal
La alcaldesa de Palencia, Miriam Andrés (PSOE), ha mostrado su “estupor y preocupación” por la resolución judicial que anula el cese “por pérdida de confianza técnica” de la secretaria general del Ayuntamiento de Palencia, María Rosa de la Peña, y ha anunciado que la recurrirá “con todas las ganas”.
“La recurriré con todas las ganas porque sigo defendiendo la legalidad, la razón y la verdad que motivó el cese por una pérdida de confianza técnica en la secretaría general, un cargo que me pone todos los días a la firma muchos documentos”, ha afirmado la alcaldesa en declaraciones a los periodistas esta miércoles durante su visita a las obras del edificio de la antigua alcoholera.
El Tribunal de Instancia sección Contencioso-Administrativo de Palencia dictó sentencia anulando el cese de la secretaria general acordado el pasado mes de marzo por la Alcaldía al considerar que los motivos esgrimidos no justifican esa decisión y no resultan suficientes para sostener la pérdida de confianza alegada.
La sentencia estima íntegramente el recurso presentado por la funcionaria -a la que se adjudicó por el procedimiento de libre designación el puesto de Secretario General del Ayuntamiento de Palencia en virtud de resolución del anterior alcalde en febrero de 2023- y declara que la resolución municipal “no resulta ajustada al ordenamiento jurídico”, ni es “conforme a derecho”,
El juez ordena su reincorporación al puesto de secretaria general, con efectos administrativos y económicos desde el 12 de marzo de 2026 y condena al Ayuntamiento a abonarle las retribuciones que ha dejado de percibir durante el tiempo transcurrido desde su cese y a pagar las costas procesales.
La alcaldesa ha asegurado respetar la sentencia pero ha confesado que le genera “estupor y preocupación” y ha recordado los dos motivos del cese.
Ocultación de requerimientos del Procurador del Común
El primer motivo fue la ocultación por parte de la secretaria general a la alcaldesa de hasta cinco requerimientos del Procurador del Común y una posterior comunicación que hace la secretaria general al Procurador del Común.
“De todo eso no sé nada, eso ocurre entre el mes de abril y el mes de julio de 2024 y yo me entero en noviembre y el juez despacha ese asunto diciendo que la secretaria general no intervino en el expediente”, ha señalado la alcaldesa.
El magistrado concluye que no consta acreditado que la secretaria general hubiera recibido determinados informes internos relacionados con la queja tramitada por el Procurador del Común.
De hecho, sostiene que la documentación incorporada al expediente demuestra que la información se dirigió directamente a la Alcaldía y que la secretaria general desconocía parte de esos informes por lo que ese argumento es “insuficiente para avalar la pérdida de confianza técnica”.
Al respecto, la alcaldesa ha subrayado su “estupor” porque la demanda de la propia secretaria habla de su intervención en ese expediente y sin embargo el juez dice que ella no intervino y que esa comunicación que hizo la secretaria general al Procurador del Común fue una comunicación “informal o equívoca”.
“Un juez habla de una comunicación informal o equívoca, qué certeza jurídica es esa”, se ha preguntado Andrés subrayando que el hecho probado que figura en el expediente es que la secretaria general contesta al Procurador del Común tras reiterados requerimientos.
Declaración patrimonial concejala PP
Sobre el segundo motivo, relacionado con la declaración patrimonial de una concejala del PP que supuestamente no estaba publicada en el Portal de Transparencia, el juez afirma que el expediente carece de prueba suficiente.
“Es tremendo, dice que la secretaria general no tiene por qué publicar una declaración de bienes de una concejala, pero no dice nada de una posible falsedad documental sobre una declaración de bienes, fechada en un domingo, recibida con fe pública fuera de las dependencias municipales”, ha manifestado la alcaldesa.
“Me causa estupor ese silencio judicial sobre un asunto tan grave”, ha confesado Miriam Andrés.
Pero, al margen de que sea cierto que ninguna norma indica que el secretario general tenga que ser quien publique en el portal de transparencia, la alcaldesa ha incidido en el hecho de que, en este caso, la secretaria “cogiera la declaración, una actualización y la metiera en un cajón y no subiera el expediente administrativo”.
“Y qué casualidad que habiendo un expediente electrónico administrativo, la única declaración de bienes que falte sea la de esta concejala”, ha añadido Andrés quien ha subrayado su “inquietud” porque no haya en la sentencia ninguna referencia a lo sustancial de este motivo.
Recurso ante el TSJCYL
Andrés ha insistido en que todos los hechos relatados en su resolución de cese son verdad y que los dos motivos están relacionados con la función de fe pública de la Secretaria General, un cargo de libre designación que puede ser cesado con carácter discrecional por el mismo órgano que lo nombró, esto es, la Alcaldesa de Palencia, motivándolo en relación con su cometido profesional.
Por ello, ha anunciado que ordenará la interposición del recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.