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La Justicia absuelve a un monitor en Ávila que fue condenado por abuso sexual por no tener “certeza absoluta”

Sede del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en Burgos

Europa Press

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha declarado inocente al monitor de un campamento que había sido condenado por la Audiencia Provincial de Ávila a cuatro años de cárcel por abuso sexual a un niño de 9 años en 2017 en la localidad de Casavieja.

La sentencia, tras el recurso, aplica el principio de “in dubio proreo” (en caso de duda, ha de resolverse a favor del acusado) al no tenerse “certeza absoluta de que el suceso acaeciera de una o de otra manera”, después del juicio celebrado en febrero.

La sentencia había considerado al monitor autor de un delito de abuso sexual, a quien, amén de la referida pena privativa de libertad, se le impuso la prohibición de acercarse a menos de 300 metros del niño y la inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión por cuatro años.

El monitor alegó en su recurso que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia, “el error en la valoración de la prueba” y la “infracción de las normas”.

El hecho juzgado ocurrió el 9 de julio de 2017, cuando el monitor se acostó con el niño, que estaba nervioso y no podía dormir, si bien el menor contó que el joven había introducido su mano en su pantalón de pijama.

La sentencia alega que no hubo intención “libidinosa” del monitor y dice que no hay “una certeza absoluta que el suceso acaeciera de una o de otra manera”. “Creemos -añade- que debe de operar el principio in dubio pro reo y con acogimiento del recurso interpuesto, revocar la sentencia impugnada y absolver al recurrente del delito del que venía acusado”.

La sentencia puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

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