Entra en vigor en Catalunya la prohibición de fumar en la calle si no hay distancia de dos metros
El Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) ha publicado este martes las nuevas restricciones acordadas con el Ministerio de Sanidad para la contención de la pandemia de COVID-19. Las medidas, firmadas por la consejera de Salud, Alba Vergés, incluyen la prohibición de fumar en la vía pública cuando no se pueda respetar una distancia interpersonal de al menos dos metros. La orden se aplica a cualquier dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o similares.
Se establece también que las actividades de hostelería y restauración cierren antes de la una de la madrugada, sin que puedan admitir nuevos clientes antes de la medianoche. Hoteles, restaurantes, terrazas, bares y chiringuitos también deberán garantizar la distancia de un metro y medio tanto en el servicio de barra como entre las mesas o agrupaciones de mesas, que no podrán superar las 10 personas. La resolución incluye además la recomendación de limitar los encuentros sociales en un máximo de 10 personas.
La norma recoge que los ciudadanos deben “colaborar activamente” en el cumplimiento de estas medidas así como “en la aceptación y respuesta a los requerimientos que se formulen por las autoridades sanitarias”. Los incumplimientos de la resolución serán “constitutivos de infracción administrativa” de acuerdo con el decreto del 4 de agosto que estableció multas de entre 100 y 3.000 euros en el caso de las infracciones leves y hasta los 600.000 en el caso de las muy graves.
Esta normativa se ha aprobado “ante la realidad del número de contagios y el incremento de los ingresos hospitalarios” y según el acuerdo del consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud del Ministerio de Salud, según expone el mismo redactado.
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