La patronal de caseros en Catalunya denuncia que la regulación del alquiler de temporada vulnera la Constitución
La nueva La organización de caseros Som Habitatge, creada en Catalunya en 2025, ha denunciado este lunes que la regulación del alquiler de temporada vulnera la Constitución. Esta patronal ha presentado dos informes jurídico en el que constatan que la modificación legislativa de estos arrendamientos, aprobada por el Parlament en diciembre, excede las competencias autonómicas porque interviene en los contratos entre privados y en la actividad económica.
Los propietarios catalanes han defendido que los alquileres de temporada ya estaban regulados, a través de la Ley de Arrendamientos Urbanos estatal, y que emplear esta fórmula para arrendar viviendas de residencia habitual ya era un “fraude de ley” que se podía perseguir. “El mercado actual pide distintas opciones de vivienda, hay gente que necesita los temporales, pedimos que esta fórmula exista y se puede controlar que no se use para vivienda habitual”, argumentaba Anna Puigdevall, directora de Som Habitatge. “Hay gente que está desplazada, que estudia fuera, no podemos solucionar el problema de la vivienda diciendo que la de temporada no existe”
Desde Som Habitatge han asegurado que trasladarán sendos informes jurídicos tanto a la Generalitat como a los distintos partidos con representación parlamentaria. La reforma legislativa salió adelante con votos de PSC, ERC, Comuns y CUP. Junts, Vox y PP votaron en contra, y estos últimos ya anunciaron que presentarían un recurso de inconstitucionalidad.
Lo que establece la nueva regulación es que tanto los alquileres de temporada como los de habitaciones queden sujetos al tope de precios que deriva de la Ley de Vivienda. Solo quedan fuera de esta regulación los contratos de arrendamiento temporales en en los que quede acreditado que la vivienda se usa para fines recreativos, turísticos o vacacionales. En el caso de las habitaciones, se exige que la suma del precio de las distintas estancias no exceda el tope que fija el índice de la Generalitat para el conjunto del piso.
Los dos dictamenes jurídicos que ha aportado Som Habitatge, sin embargo, consideran que la regulación, que modifica la Ley catalana de vivienda de 2007, es vulnera la constitución. Sendos trabajos los han liderado Sergio Nasarre, catedrático de Derecho Civil de la Universitat Rovira i Virgili (URV) de Tarragona, y Joan Manuel Trayter, catedrático de Derecho Administrativo de la Universitat de Girona (UdG), presidente de la Asociación Española de Derecho Urbanístico y, además, autor de otro informe jurídico contrario a la prohibición de las compras especulativas de vivienda en Catalunya.
En su informe, Nasarre ha argumentado que el Parlament busca con su regulación equiparar el alquiler de temporada y el de habitaciones a una vivienda, pero sin cumplir con lo que fija la ley para lo que es una “vivienda digna y adecuada” de acuerdo a la legislación. Esto, en el caso de las habitaciones –ha añadido–, supone la “legalización del sinhogarismo”.
También ha desarrollado el catedrático que una legislación autonómica altera la “causa” y el “objeto” del arrendamiento urbano, que son las bases de las obligaciones contractuales. Y esto, ha expresado, es competencia estatal. Ha recordado Nasarre que el Tribunal Constitucional ya tumbó en 2022 la regulación en Catalunya de los precios del alquiler porque excedía las competencias autonómicas. Por último, ha advertido que incumple el principio de proporcionalidad en cuanto a la injerencia en el derecho demla propiedad.