La Audiencia de Valencia confirma la imputación de la exconsellera Salomé Pradas en la causa de la DANA

Lucas Marco

València —
19 de junio de 2025 10:59 h

0

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha confirmado —por unanimidad— la imputación de la exconsellera Salomé Pradas en la causa de la DANA. El tribunal también ha avalado la inadmisión de una querella contra el presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo, y otros cargos de la misma entidad.

Además, la Audiencia de Valencia también ha denegado la declaración como investigada de la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé.

Los seis magistrados que conforman la sección segunda han avalado de plano la imputación de la exconsellera Salomé Pradas como investigada. “Resulta racionalmente sostenible” la atribución de la omisión de información debida a Pradas. La decisión de citarla en condición de investigada “se revelaba procesalmente inevitable”, afirma la resolución.

La “hipótesis fáctica” que manejaba la jueza resultaba “congruente” con la información recabada en el marco de la instrucción. “Dicha hipótesis permite sostener la comisión por omisión de hechos constitutivos de delito de homicidio y lesiones por imprudencia”, agrega.

Además, el auto sostiene que el recurso de la defensa de Pradas, que pedía el sobreseimiento libre, no cuestiona la “sustentabilidad lógica y fáctica de dicha hipótesis”. Tan solo trata de diluir las responsabilidades personales en una “pretendida” maraña normativa, según la expresión de la defensa, y en una “multiplicidad de factores concurrentes”.

En todo caso, con los datos con los que contaba en la fase en que se encontraba el procedimiento cuando, el pasado 10 de marzo la jueza dictó el auto de imputación, “cabía sostener que la omisión de información debida y a tiempo implicaba el incumplimiento” por parte de Salomé Pradas de una “obligación normativa de acción”, concluye la resolución.

La CHJ reseñó “cada 10 minutos” el caudal del Poyo

El auto que inadmite el recurso de apelación de la asociación ultraconservadora HazteOir contra la decisión de no imputar a Miguel Polo afirma que “no se deduce la existencia de los indicios de criminalidad alegados”. La resolución recuerda que el Sistema Automático de Información Hidrológica (SAIH) de la CHJ “recogió cada 10 minutos la evolución del caudal del barranco del Poyo”.

La Audiencia de Valencia también inadmite el recurso de apelación de la asociación Liberum, al que se adhirió Vox, contra el auto de la jueza que denegó la imputación de la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé. La resolución recuerda que la normativa atribuía a la entonces consellera Salomé Pradas el “mando único” de la respuesta a la emergencia, así como la dirección de los planes de protección civil.

“La asistencia de la delegada del Gobierno al Cecopi [Centro de Coordinación Operativa Integrado] podría ser un dato relevante, pero no es suficiente para sustentar la responsabilidad penal por la decisión que se cuestiona”, afirma el auto.

La misma sección, encargada de resolver los numerosos recursos de la causa de la DANA, ya había avalado por unanimidad el pasado 19 de mayo las principales tesis de la jueza instructora.