El ex alto cargo de Mazón imputado en la dana pide un careo con la alcaldesa del PP que dijo que lo alertó sobre el Poyo
La defensa de Emilio Argüeso, el exsecretario autonómico de Emergencias investigado en la causa de la dana ha pedido a la jueza instructora que acuerde un careo con la alcaldesa de Torrent, Amparo Folgado. La primera edil popular que declaró el pasado 25 de mayo que telefoneó en plena catástrofe de la dana a Argüeso, quien participaba en la reunión del Centro de Coordinación Operativa Integrado (Cecopi) para alertar sobre el desbordamiento del barranco de Horteta, tributario del Poyo.
El escrito, al que ha tenido acceso elDiario.es, ve “contradicciones” en la versión de la testigo. La defensa del investigado pretende aclarar si la llamada dos minutos y cuatro segundos de duración, efectuada por Folgado a las 19.10 del 29 de octubre de 2024, trágica jornada que acabó con 230 fallecidos, fue “espontánea” o, por el contrario, fue “una devolución” de las dos llamadas previas que Argüeso hizo a Folgado (a las 19.07 y a las 19.08, de cinco y cuatro segundos de duración, respectivamente).
Previamente, a las 18.38, Amparo Folgado había advertido al presidente de la Diputación de Valencia, Vicente Mompó, que también participaba en la reunión del Cecopi, del desbordamiento del barranco de Horteta.
La llamada de Folgado, un “elemento relevante”
El abogado de Emilio Argüeso considera que la “llamada discutida ha sido introducida en la causa como elemento relevante para valorar qué información habría recibido” el exseceretario autonómico de Emergencias “en un momento crítico de la emergencia”.
El escrito también pide que la alcaldesa popular indique “qué información concreta” proporcionó al imputado y “qué palabras o expresiones utilizó la testigo para describir la situación existente en Torrent”.
También “si habló de inundación genérica, de desbordamiento concreto, de zona afectada, de persona atrapada, de víctima posible o de fallecimiento confirmado” y “si la información transmitida fue clara, precisa y operativamente relevante o, por el contrario, genérica, aproximada o no concluyente”, además de qué contestó el secretario autonómico de Emergencias o si “existió alguna instrucción, indicación, reacción o seguimiento posterior derivado de dicha llamada”.
“No existe otro medio igualmente idóneo para aclarar la contradicción esencial existente entre lo declarado por la testigo y la versión de don Emilio Argüeso Torres” que el careo, afirma su defensa.
La diligencia solicitada, apostilla el escrito, “no tiene una finalidad meramente confrontativa ni dilatoria, sino estrictamente probatoria”.