Hacia el fin del delito que persiguió a los piquetes: “Nos enfrentamos a ocho años de cárcel, fue muy duro”

Laura Olías

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Siete y ocho años de cárcel. Es la petición de prisión de la Fiscalía a la que se enfrentaron Rubén Ranz (UGT) y José Alcázar (CCOO), respectivamente, por su participación piquetes en dos huelgas generales convocadas en la pasada crisis financiera, en 2010 y 2012. El Ministerio Público les imputó, entre otros, el delito de “coacciones” para secundar una huelga, el polémico 315.3 del Código Penal que ahora el Congreso pretende derogar. Ambos sindicalistas fueron finalmente absueltos de este delito, pero advierten del sufrimiento vivido durante años de proceso judicial con la amenaza de prisión como espada de Damocles. “Decirlo ahora es fácil, pero entonces fue muy duro aguantar enfrentándonos a penas de cárcel de ocho años. No aceptar los tratos de la Fiscalía y defender nuestra inocencia”, subraya José Alcázar, uno de los llamados Ocho de Airbus.

El de los Ocho de Airbus fue de los procesos más sonados y de los que más pusieron en el foco el mencionado artículo 315.3. Ocho trabajadores de la multinacional aeronáutica, caracterizada en general por la paz social, acabaron enfrentándose a ocho años de cárcel cada uno –a petición de la Fiscalía– por el altercado ocurrido en el piquete de la huelga general del 29 de septiembre de 2010 en la planta de Airbus en Getafe (Madrid). La policía cargó contra los trabajadores e, incluso, llegó a disparar al aire. “La denuncia contra nosotros fue un intento de tapar una mala actuación policial, que llegó a efectuar disparos reales. Afortunadamente, no hubo una desgracia”, sostiene José Alcázar, entonces presidente del comité intercentros, con 60 años y toda una vida de trabajo y de labor sindical en Airbus.

Aunque los hechos tuvieron lugar en 2010, durante la huelga general de septiembre al Gobierno de Zapatero, la imputación de los ocho trabajadores de Airbus no llegó hasta 2014, ya durante el mandato de Mariano Rajoy y en el que el Ministerio Público pidió numerosas penas de cárcel a trabajadores al amparo del artículo 315.3 del Código Penal. “La Fiscalía pidió nada menos que ocho años de cárcel para cada uno, algo insólito en la democracia”, destaca Alcázar. “Después en 2015 nos ofreció dos tratos para no ir a juicio, que permitían evitar la cárcel si asumíamos la culpabilidad de las coacciones. Así solo nos caían uno o dos años, por lo que no íbamos a prisión”, continúa el ahora trabajador jubilado.

Pese a las ofertas, los ocho trabajadores decidieron rechazarlas e ir a juicio. “Es muy difícil aguantar cuando te enfrentas a esos años de cárcel, pero sentía como una traición aceptar la culpabilidad de algo que no había hecho. Con mi edad, que ya tenía 65 años para cuando llegó el juicio, tengo dos hijas... Fue muy duro, pero todos decidimos aguantar”, explica José Alcázar, que fue absuelto con el resto de sus compañeros por el primer juzgado que analizó el caso. “Hicimos mucho ruido y hubo un gran apoyo social y también de parlamentos, ayuntamientos e incluso de instituciones en Europa. Con la campaña 'La huelga no es delito' conseguimos que salieran a la luz otros muchos casos que habían pasado más desapercibidos”, afirma José Alcázar.

Los sindicatos cifran más de 300 encausados

Aunque ya estaba presente en el Código Penal, este delito no acumulaba apenas casos y, de repente, con motivo de las movilizaciones sociales y laborales en la pasada crisis económica, “hay una eclosión de denuncias”, recuerda Fernando Lezcano, secretario de Organización de CCOO. En ellos, la Fiscalía persigue a numerosos sindicalistas y trabajadores, más de 300 personas según el cálculo de los sindicatos, que en algunos casos se enfrentan incluso a elevadas penas de prisión. “Esto no es casual. No es que los fiscales no se acordaran de este artículo y lo empezaran a usar por causalidad. Se ejerció con la idea de condicionar el derecho de huelga en un momento de movilización social”, sostiene Pepe Álvarez, secretario general de UGT.

Desde los sindicatos mayoritarios celebran que el Congreso de los Diputados haya iniciado el camino para poner fin a este artículo del Código Penal, “una perversión del derecho de huelga que consagra la Constitución”, denuncia Lezcano, que recuerda que la ley ya castiga las coacciones en cualquier contexto y no requiere de un artículo específico para el escenario de huelga. Pepe Álvarez destaca que este precepto “limita la libertad de ejercer el derecho a huelga”: “Nadie entiende que en un país democrático los trabajadores puedan enfrentarse a penas de años de prisión por participar en un piquete”.

Esta semana PP y VOX se han quedado solos en su intento de mantener e, incluso, endurecer el artículo 315.3, por lo que la iniciativa del PSOE para derogarlo sigue su camino de tramitación parlamentaria. La proposición incluye la anulación de las sentencias aplicadas con arreglo a ese precepto, una exigencia de CCOO y UGT, como “reparación de las personas procesadas y también para que su expediente quede limpio”, afirma Fernando Lezcano.

En algunos casos, los procedimientos no acabaron con absoluciones, como en el proceso de Airbus. Fue el caso de Tamara y Ana en Pontevedra, que fueron condenadas a tres años de Cárcel, aunque más tarde la reforma del Código Penal en 2015 les permitió pagar una multa en lugar de ingresar en prisión. O el de Carlos y Serafín, condenados también a tres años de cárcel yque fueron indultados por el Gobierno de Sánchez a comienzos de 2019.

“Fue muy duro y ha tenido muchas repercusiones”

“¿Pero qué has hecho, Rubén? ¿Dónde te has metido?”. Rubén Ranz, sindicalista de UGT, recuerda con dolor las preguntas de sus padres cuando supieron del procedimiento contra él por su participación en un piquete en la huelga del 29 de marzo de 2012, también en virtud del artículo 315.3. Ranz fue encausado junto a su compañero de sindicato José Manuel Nogales por un altercado que se produjo en la Plaza de la Lealtad (Madrid), donde se produjo una carga policial y en la que fue agredido un camarero. “La carga policial ni la vimos, porque nos vino estando de espaldas. Nogales, que estaba cansado y era mayor, se cayó al suelo y la policía lo detuvo. Yo les dije que cómo iban a detener al más mayor del grupo y me detuvieron también”, explica hoy responsable de Tu Respuesta Sindical de UGT.

Ranz destaca que, cuando llegaron a las dependencias policiales de Moratalaz, “el inspector que nos atendió nos dijo que estuviéramos tranquilos, que íbamos a llegar a la manifestación de la tarde”. Pero todo cambió. Al rato, el mismo policía les transmitió malas noticias, explica el sindicalista. “Me dijo que se me acusaba de una agresión a un policía, de haberle roto un dedo y también de la agresión del camarero. No nos lo podíamos creer, era como asistir a una realidad paralela. Nos dijo a Nogales y a mí que si queríamos llamar a nuestro abogado y ahí empezó todo”, rememora.

En el primer encuentro con el fiscal, cuando declararon ante el juez instructor, “nos pedía cuatro años de cárcel. Me acuerdo mucho de la declaración ante el juez, porque era una persona que estaba pidiéndonos cuatro años de cárcel y no era capaz de mirarnos ni una vez a los ojos”, sostiene Ranz. Cuando llegó el escrito de acusación, la pena solicitada era de siete años de prisión. “Era como vivir una pesadilla que no te terminas de creer”. Tras una condena en primera instancia junto a su compañero, finalmente fueron absueltos por la Audiencia Provincial de Madrid del delito de coacciones en 2018, pero no de la falta de lesiones. “Defiendo mi inocencia porque no hice nada, pero tengo que cargar con una condena por agresión a un policía, algo que no he hecho”, asegura Ranz.

El sindicalista de UGT reconoce que ha pasado años muy duros, a nivel personal y profesional. “Lo pasé muy mal, perdí la confianza en el poder judicial. Veía que no siempre se gana aun teniendo la verdad de tu lado”, sostiene. El trabajador cree que este procedimiento afectó a sus oportunidades de encontrar empleo fuera del sindicato. “Cuando pones mi nombre en Google te sale todo este procedimiento, por lo que parece que soy un sindicalista violento que atacó a un policía”, lamenta.

Ranz cree que eliminar el artículo 315.3 del Código Penal pone fin a la “pesadilla” que vivió en primera persona, pero que puede enfrentar cualquier otra en un futuro. “Esto forma parte de la lucha ideológica que intenta decir que un piquete es ilegal, que es violento. No, ser piquete es legal y es parte del ejercicio al derecho a huelga. Eso tenemos que lucharlo”, sostiene. Pese a todo, si volviera a haber una huelga general, cree que sería de nuevo piquete. “Lo peor que podemos aceptar es asumir que esto es algo malo, que es un delito. La huelga no es un delito, es un derecho”, zanja.