La Hacienda foral de Bizkaia investiga a un abogado por llevar cinco años sin pagar impuestos
La Hacienda foral de Bizkaia investiga a un abogado con una relevante actividad en los tribunales que no habría pagado impuestos, como mínimo, desde 2021. Se trata de una persona cuya identidad no ha trascendido. 2021 no es una fecha casual: cinco años es el máximo en que se puede investigar el fraude fiscal, ya que todo lo anterior estaría prescrito. El letrado habría participado en al menos 32 procedimientos, según la documentación a la que ha tenido acceso elDiario.es.
La Hacienda de Bizkaia, que depende de la Diputación, solicitó formalmente al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) que le entregara la identidad de los clientes de este abogado precisamente en los 32 casos analizados. Según justificaron los inspectores fiscales, “dicho letrado se encuentra inmerso en un procedimiento de comprobación de ingresos y [...] se precisan tales datos para efectuar la correspondiente regularización tributaria”.
La investigación, en todo caso, tendrá que buscar otra vía para conseguir conocer el patrimonio del abogado defraudador. Las resoluciones judiciales son públicas, pero se ofrecen “anonimizadas”, es decir, sin datos personales. El deseo de la Hacienda vizcaína era que el Superior le diera los documentos originales para conocer a los clientes del abogado, contactar con ellos y analizar los pagos que les exigió. Entendía que no era preciso obtener “consentimiento” alguno.
Sin embargo, el magistrado presidente de la sala de lo contencioso-administrativo, Luis Garrido, ha frenado las expectativas de la Diputación. El juez recalca que Bizkaia pide “la identidad, con todos sus datos identificativos, de los clientes”, no del investigado. Y entiende que “tales clientes no son los obligados tributarios” y, “sin serlo, podrían verse obligados a desvelar datos personales por posibles incumplimientos tributarios de un tercero”. Es un “profesional contratado” y la normativa fiscal a la que apela Hacienda no deja “clara” la “existencia de una obligación” para desvelar esa información confidencial.
En concreto, se menciona que el artículo 93.3 de la norma foral general tributaria de Bizkaia obliga a jueces y tribunales a “facilitar datos con trascendencia tributaria”, pero el magistrado Garrido recalca que “habría de entenderse que la norma se refiere a datos de obligados tributarios, no de terceros”. “En definitiva, los clientes del letrado no son obligados tributarios ni deben verse inmersos en una investigación” que les es ajena, argumenta Garrido. La sala de gobierno del Superior ha mostrado su “conformidad” con esta tesis y ha comunicado a la Diputación que no le dará la información. Nada más se sabe del caso.