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La exportavoz del Ayuntamiento de Badajoz, condenada por vulnerar el honor del miembro de un grupo de Facebook

María José Solana, concejala del PP en el Ayuntamiento de Badajoz

Santiago Manchado

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El Juzgado de 1ª Instancia número 6 de Badajoz ha condenado a la concejala del Ayuntamiento de la capital pacense y exportavoz del equipo de gobierno, María José Solana, por  intromisión ilegítima en el derecho al honor de José Antonio Hinchado, administrador del grupo de Facebook Club de Debates Urbanos de Badajoz.

La sentencia, a la que ha tenido acceso elDiario.es Extremadura, tiene fecha del 22 de marzo, aunque los hechos denunciados se produjeron en un pleno municipal de junio de 2017, cuando aún era alcalde el 'popular' Francisco Javier Fragoso.

Según consta en el fallo, Hinchado presentó la demanda en junio de 2021 al entender que la edil vulneró su derecho al honor, por lo que exigió una indemnización de 6.000 euros, que finalmente se han quedado en 800.

La magistrada recuerda que el demandante se encontraba entre el público en el pleno ordinario de 2017, pero el entonces alcalde le expulsó “porque había realizado varios gestos con la cabeza”. En ese momento, María José Solana “le dijo lárgate de aquí que llevas todo el puñetero pleno haciendo gestos”, además de “sinvergüenza”, “más que sinvergüenza”, “fuera, fuera, fuera”.

En este caso, en la sentencia se recoge que es “innegable que sinvergüenza es un insulto, que no puede verse amparado por la libertad de expresión, ni siquiera, aunque el demandante hubiera sido un cargo político, sometido a la crítica pública, pues no concurre esta circunstancia en el presente caso”. De hecho, solo la demandada ostentaba un cargo público, mientras que el actor acudía al pleno en calidad de público.

Sin embargo, la magistrada no accede a la pretensión de José Antonio Hinchado de recibir una indemnización de 6.000 euros y la establece en 800 euros porque, aunque el pleno se estaba retransmitiendo a través de YouTube, “se trata de un acto de varias horas de duración (el vídeo que está publicado en Youtube es de más de 6 horas y media), y el incidente dura escasos minutos”. Por ello entiende que, salvo las personas que estuvieran viendo el pleno en directo, para visionar el incidente hay que buscarlo “concienzudamente”.

Cada una de las parte deberá abonar las cosas, según se recoge en la sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Badajoz.

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