El Constitucional mantiene vigente la ley de memoria democrática de Balears a la espera de su decisión definitiva
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El Tribunal Constitucional (TC) ha decidido mantener suspendida la derogación de la Ley de Memoria y Reconocimiento Democráticos de Balears, supresión a la que dio luz verde el Govern de Marga Prohens (PP) con el apoyo de Vox el pasado mes de marzo. De este modo, la norma continuará cautelarmente vigente mientras se resuelve el recurso de inconstitucionalidad que interpuso el Gobierno central contra la eliminación de la ley al considerar que su anulación constituye una vulneración de los derechos de las víctimas del franquismo y dificulta el cumplimiento de la legislación estatal en materia de memoria democrática.
Mediante un auto fechado el pasado 20 de octubre, al que ha tenido acceso elDiario.es, la Sala mantiene paralizado el núcleo del texto con el que fue revocada la ley de memoria, es decir, el artículo que deroga expresamente la norma y la disposición transitoria que la acompaña, que establece el régimen aplicable a los procedimientos de memoria democrática que estaban en marcha cuando se derogó la ley.
El tribunal justifica la decisión por la necesidad de evitar perjuicios que podrían resultar difíciles o imposibles de reparar si la derogación entrara en vigor antes de que se resolviera el recurso de inconstitucionalidad. Al respecto, el tribunal sostiene que “el carácter irreversible del paso del tiempo” en el ejercicio de estos derechos, unido a la importancia de contar con estructuras administrativas para garantizarlos, hace que los perjuicios derivados de levantar la suspensión deban calificarse como “irreparables o de muy difícil reparación”.
En su análisis, la mayoría de los magistrados considera que la desaparición del marco autonómico de memoria democrática puede afectar al reconocimiento y a la protección de los derechos de las víctimas de la guerra civil y la dictadura franquista y aluden, asimismo, a las consecuencias que tendría la derogación para las actuaciones públicas de investigación, localización y exhumación de personas desaparecidas, así como para las políticas de reconocimiento y reparación. Por ello, consideran que mantener la medida cautelar no resulta “excesivo o desproporcionado”. La decisión no supone todavía un pronunciamiento definitivo sobre la legalidad de la eliminación, pero impide que ésta despliegue plenamente sus efectos mientras se resuelve la impugnación.
El auto toma en consideración, además, las obligaciones relacionadas con la colaboración entre las administraciones públicas en materia de memoria democrática. En su recurso, el Gobierno central alegaba que el levantamiento de la suspensión podía perjudicar la efectividad de las medidas de reconocimiento y reparación, así como el desarrollo de las actuaciones previstas en la legislación autonómica.
El Ejecutivo balear, por su parte, defendió que no existían razones suficientes para mantener la medida cautelar y aseveraba que la derogación no suponía una desprotección de las víctimas al existir otros instrumentos legales y administrativos para atender sus derechos. El Constitucional no acepta estos argumentos en lo relativo a la derogación de la ley y su régimen transitorio y considera que, en este momento del procedimiento, la protección cautelar de los derechos en juego justifica mantener suspendidos ambos preceptos.
El tribunal permite recuperar la libertad de expresión y cátedra
Al contrario que con la parte esencial del texto derogatorio, el tribunal sí levanta la suspensión del artículo 2, que recoge el derecho a expresar y difundir pensamientos, ideas y opiniones, así como a producir y crear en los ámbitos científico, técnico, cultural y artístico. También ampara la libertad de cátedra y la investigación histórica. En este sentido, la exposición de motivos del texto acusa a la ley de memoria de perseguir el derecho a disentir y penalizar a los historiadores cuyas conclusiones no coincidieran con la interpretación histórica de determinados partidos.
El Constitucional señala, al respecto, que no se han acreditado suficientemente los perjuicios irreparables que justificarían mantener suspendido este artículo. Asimismo, levanta la suspensión de la disposición final única del texto derogatorio, relativa a su entrada en vigor.
El auto incorpora votos particulares de magistrados que discrepan de la decisión mayoritaria y consideran que debía levantarse la suspensión de la ley derogatoria en su conjunto. Los magistrados discrepantes cuestionan que se hayan acreditado de manera suficiente los daños irreparables que justificarían mantener la medida cautelar. También sostienen que el incidente debía resolverse atendiendo a los criterios constitucionales sobre la excepcionalidad de estas suspensiones y a la necesidad de ponderar los intereses en conflicto.
La ley balear de memoria, aprobada en 2018, articuló un marco institucional para investigar los crímenes del franquismo y el reconocimiento público de quienes fueron represaliados tras el golpe militar de 1936. Entre otros hitos, la ley balear de memoria democrática ha permitido delimitar y ampliar la consideración de víctimas de la guerra civil y la dictadura: no solo ha posibilitado reconocer a personas represaliadas directamente, sino también a organizaciones sociales, profesionales o culturales, partidos políticos y sindicatos, entre otros, además de víctimas de bombardeos, bebés robados o personas perseguidas por motivos ideológicos.
Bajo el amparo de esta normativa también se declaró la nulidad de pleno derecho de todas las sentencias y resoluciones dictadas por razones políticas en causas penales, civiles o administrativas durante la dictadura en las islas, una medida simbólica destinada a reparar jurídicamente a quienes fueron condenados por tribunales franquistas. La ley también introdujo medidas en el ámbito educativo para garantizar la transmisión de este periodo histórico a las nuevas generaciones. Entre otras disposiciones, establecía la incorporación de la memoria democrática en los currículos escolares, el impulso de programas pedagógicos sobre el conflicto bélico y el régimen franquista, así como actividades de investigación y divulgación en colaboración con centros educativos y universidades.
El pulso del Gobierno contra la derogación de las leyes de memoria
La impugnación de la decisión adoptada por PP y Vox se enmarca en la senda ya iniciada por el Ejecutivo de Pedro Sánchez con autonomías como Comunitat Valenciana, Aragón y Cantabria, cuyas normativas de memoria histórica han sido sustituidas por 'leyes de la concordia' que, so pretexto de “reconciliar” a los españoles en lugar de “reabrir heridas”, equiparan el franquismo con la democracia.
El Gobierno considera que estos textos “blanquean la dictadura franquista, niegan la existencia del golpe de Estado como causante de la Guerra de España de 1936 a 1939, pretenden que no se conozca la verdad de lo que ocurrió y, lo que es peor, condenan a las víctimas de nuevo al olvido”. Asimismo, sostiene que estas reformas mantienen aspectos vinculados a las exhumaciones pero eliminan elementos esenciales relacionados con el derecho a la verdad, la reparación y las garantías de no repetición.