ANPE-RIOJA solicita una ley de autoridad del profesor en La Rioja

Rioja2

0

Hace un año más o menos celebrábamos el acontecimiento de la publicación en el BOR de 28 de Enero de 2009 del Decreto 4/2009, de 23 de Enero, por el que se regula la convivencia en los centros docentes y se establecen los derechos y deberes de sus miembros, ya que recogía por primera vez que el profesor tendrá condición de autoridad pública, pues desde ANPE hemos luchado mucho porque este reconocimiento tuviera repercusión normativa, al objeto de que el profesorado se sienta respaldado en todos los aspectos derivados del ejercicio de su profesión, recordando que fue una de las medidas que solicitaron en Mayo de 2006 a la Consejería de Educación para mejorar la convivencia en los Centros, así como que han desarrollado varias campañas a nivel nacional a favor del reconocimiento como autoridad pública del profesorado, la última en el otoño de 2008 basada en una triple definición del concepto de autoridad: “que tu palabra tenga valor”, “que se respete la dignidad de tu trabajo” y “que no se cuestionen tus decisiones académicas” .

Ya en aquel momento advertían que la satisfacción no era total, pues el reconocimiento de autoridad pública debía recogerse en una norma de rango superior y no se extendía a todos los efectos y funciones del profesor, así como ofrecía dudas acerca de si alcanzaba a todo el personal docente.

La realidad posterior que han detectado en su SERVICIO DEL DEFENSOR DEL PROFESOR, creado en ANPE en 2005 para ayudar psicológica y jurídicamente a los profesores con problemas en el ejercicio de su tarea, es que el reconocimiento de autoridad pública que contiene el Decreto 4/2009 se queda vacío de contenido y de efectividad si el profesor que sufre cualquier problema de convivencia en el ejercicio de su tarea docente no recibe por parte del Centro y de la Administración Educativa la debida atención, protección y defensa inmediatas, tal como ANPE-RIOJA detectó en el caso de los profesores atacados en su esfera personal en la red social tuenti.com el año pasado, que denunciamos en Enero 2009 ante la Autoridad Educativa, la Fiscalía y la Defensora del Pueblo Riojano.

El caso de la profesora de un Instituto de Toledo que recientemente ha salido a la luz pidiendo ayuda pública ante el temor e impotencia de tener que seguir dando clase después del cumplimiento de la sanción de 15 días sin asistir al Centro por parte de 4 alumnos que le habían amenazado de violación y muerte, no es un hecho aislado sino que demuestra, dice el sindicato, la realidad por la que tienen que pasar muchos profesores, que sufren a diario conflictos de convivencia en sus Centros.

Por todo ello, mientras que el reconocimiento de autoridad pública se recoge en una norma estatal con rango de Ley, ANPE-Rioja, ve necesario y compatible dar un paso más en la C.A.R., debatiendo en el Parlamento para su posterior aprobación en Consejo de Gobierno y publicación en el BOR, de la LEY DE AUTORIDAD DEL PROFESOR EN LA C.A. DE LA RIOJA, a semejanza de la que el día 14 de este mes se aprobó en la C.A. de Madrid, pretensión que, al objeto de crear una ambiente normalizado de estudio en los centros docentes, hacen llegar a las Instituciones Públicas y Partidos Políticos y se basaría al menos en los siguientes puntos:

1º.- Extensión de la condición de autoridad pública a todos los efectos derivados del ejercicio de la profesión al personal docente, funcionario y laboral, de los centros públicos como del personal de los centros concertados, los cuales gozarán de la protección reconocida a tal condición por el ordenamiento jurídico.

2º.- Dotar de presunción de veracidad a los hechos constatados por los profesores, así como a sus informes escritos.

3º.- Garantía por parte de la Administración Educativa de la adecuada protección y asistencia psicológica y jurídica, así como la cobertura de su responsabilidad civil, en relación con los hechos que se deriven de su ejercicio profesional y de sus funciones que se realicen dentro o fuera del recinto escolar.

4º.- Aplicación efectiva e inmediata del Decreto 4/2009, de 23 de Enero, así como de los Planes de Convivencia de los Centros, en todos los centros docentes sostenidos con fondos públicos en la C.A. de La Rioja, especialmente en cuanto a los regímenes infractor, sancionador y reparación de los daños físicos y morales por parte de los alumnos.

Etiquetas
stats