Aprobada la reforma de la Constitución de Evo Morales
La Asamblea Constituyente boliviana aprobó hoy, punto por punto la nueva Constitución Política del Estado, y lo hizo en ausencia del principal partido de la oposición, Podemos, siempre en contra del Gobierno de Evo Morales y su decisión de convocar la sesión en un recinto militar por las protestas que dejaron tres muertos y un centenar de heridos en Sucre, hace dos semanas.
La nueva Constitución otorga más poder a los indígenas, en un país mayoritariamente poblado por los aborígenes y refuerza la unidad de Bolivia frente a proyectos autonomistas de varias regiones, así como la línea nacionalizadora del Gobierno. Permite, además, la reelección consecutiva del presidente, algo que no está previsto en la actual Constitución. También incluye nuevas regulaciones sobre los medios de comunicación y consolida una nueva legislación agraria que los empresarios agropecuarios han criticado por su carácter confiscatorio de los latifundios.
En esta nueva Carta Magna, además, el Congreso Nacional cambia de denominación, pasando a llamarse Asamblea Legislativa Plurinacional, y se da luz verde a un sistema electoral en el que se permite la segunda vuelta en el caso de que no se alcance un porcentaje determinado en las elecciones presidenciales.
VOTACIÓN
El proceso para la votación concluyó en torno a las diez de la mañana de hoy y se desarrolló en dos partes. En un principio y para sentar las bases del resto de la votación, la Asamblea aprobó el primer artículo de la nueva Constitución Política del Estado.
Por dicho artículo, “Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, autonómico y descentralizado, independiente, soberano, democrático e intercultural. Se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país”, según el texto.
Después, la Asamblea Constituyente de Bolivia aprobó los primeros 143 de los 145 artículos que conforman la primera parte de la nueva Constitución, y lo hizo con dos más de dos tercios de consenso, en muchos casos por unanimidad, según informó la Agencia Bolivariana de Información (ABI).
Así, la Asamblea mostró su conformidad con el contenido constitucional que comprende el respeto a la propiedad privada, individual o colectiva siempre y cuando ésta cumpla una función social.
La Segunda Parte de la nueva Constitución Política del Estado (CPE) está compuesta por 123 artículos, del 146 al 269, de los cuales los artículos 177 y 180 fueron aprobados por unanimidad, mientras que 121 fueron aprobados con algunas abstenciones que bordearon entre uno y tres votos.
ASAMBLEA PLURINACIONAL
Con la aprobación de la segunda parte de la Constitución, además, el actual Congreso Nacional cambia de denominación, según en el artículo 146 y se denomina Asamblea Legislativa Plurinacional, compuesta por dos cámaras, la Cámara de Diputados y la Cámara de Representantes Departamentales, y que tiene la capacidad única aprobar y sancionar leyes en el territorio boliviano. Sus miembros serán elegidos por sufragio universal.
La Cámara de Diputados estará conformada por 121 miembros elegidos según criterios territoriales y poblacionales, mientras que la Cámara de Representantes Departamentales estará conformada por cuatro representantes por departamento asignados mediante sistema proporcional.
La nueva Constitución en su artículo 167 sobre la Presidenta o el Presidente y la Vicepresidenta o Vicepresidente del Estado señala que serán elegidas o elegidos por sufragio universal.
RELATIVO A LA PRESIDENCIA
En lo que se refiere a la elección de los cargos de presidente y vicepresidente, la Carta Magna establece que la Presidencia y la Vicepresidencia será obtenida por aquellas candidaturas que hayan reunido el 50 por ciento más uno de los votos válidos, o bien que haya obtenido un mínimo del 40 por ciento y tengan un diez por ciento de ventaja sobre la segunda candidatura más votada.
De igual modo se establece que el periodo de mandato del presidente y del vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos de manera continúa por una sola vez.
La nueva Carta Magna aprobada en detalle también establece la revocatoria de mandato presidencial, señalando que en caso de revocatoria del mandato, el Presidente del Estado cesará de inmediato en sus funciones, debiendo asumir la Presidencia la persona que ejerza la Vicepresidencia, que convocará a elecciones a la Presidencia del Estado en el plazo de 90 días.
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