El Gobierno de La Rioja iniciará en mayo la mediación penal con menores infractores
La Consejería de Administraciones Públicas y Política Local iniciará a partir del próximo mes de mayo el proyecto de mediación penal con menores infractores en nuestra comunidad autónoma. Este servicio se realizará en colaboración con el Juzgado y la Fiscalía de Menores del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja.
La mediación penal con menores infractores es una de las líneas de trabajo de un Servicio de Mediación Intrajudicial en nuestra Comunidad Autónoma desarrollado por el Gobierno de La Rioja. El Ejecutivo riojano llevará a cabo durante 2010 dos tipos de mediación: mediación familiar intrajudicial y mediación penal con menores. Asimismo, el Gobierno de La Rioja está participando en un proyecto piloto europeo de mediación penal con adultos.
La mediación es una alternativa a la judicialización de los conflictos, un proceso en el que las partes intentan alcanzar por si mismas un acuerdo para resolver su litigio.
La Ley Orgánica 5/2000, de Responsabilidad Penal del Menor, establece para las faltas y delitos menos graves la posibilidad de no continuar con el expediente judicial a través de la conciliación y reparación a la víctima mediante un proceso de mediación. En este proceso el menor reconoce el daño que ha causado, se disculpa ante la víctima o perjudicado y se compromete a realizar determinadas acciones en beneficio de ésta o la sociedad y a satisfacer, en su caso, la responsabilidad derivada de los hechos.
El servicio de mediación persigue objetivos orientados tanto a la reparación de la víctima como a la educación y prevención de futuras reincidencias del menor infractor. Con la técnica de mediación se ofrece a la víctima la posibilidad de solucionar el problema en el que se ha visto inmerso de una forma rápida y sin pasar un proceso judicial y puede expresar al menor las consecuencias que ha sufrido por el hecho delictivo. La víctima se ve reparada moralmente, y en su caso, también económicamente.
Por su parte, para el menor infractor supone la posibilidad de una acción reparadora frente a una acción sancionadora, lo que conlleva un mayor potencial educativo y preventivo de cara a la reincidencia. En el proceso de mediación, el menor se hace responsable de sus propias conductas, conoce de primera mano las consecuencias de sus acciones y tiene la posibilidad de ser parte activa en la resolución del problema.
Funcionamiento de la mediación penal con menores infractores
La mediación penal con menores infractores será desarrollada a partir del mes de mayo por dos técnicos de la Dirección General de Justicia e Interior, profesionales del Trabajo Social que han recibido formación específica para llevar a cabo la mediación.
El servicio se desarrollará en colaboración con el Juzgado y la Fiscalía de Menores. Así, la Fiscalía de Menores derivará a la Consejería de Administraciones Públicas el expediente concreto destinado a mediación. Tras estudiar el expediente se citará al menor infractor para conocer su predisposición a participar en la mediación. Si es positiva, citarán a la víctima para explicarle el método y sus ventajas. Si la víctima desea participar en el programa, se convocará a las partes a un encuentro, en presencia del mediador, en el que ambos buscarán alcanzar la conciliación y los compromisos de reparación pertinentes. En determinados casos, puede ser necesaria más de una sesión.
Los resultados de este encuentro se remitirán a la Fiscalía de Menores. En el caso de que se hayan alcanzado y cumplido acuerdos, ésta archivará el expediente. En el caso contrario, continuará la tramitación judicial ordinaria.
El procedimiento de mediación se aplicará a faltas y delitos de lesiones, daños, hurtos y amenazas, entre otros.
El programa de mediación se desarrollará en unas instalaciones habilitadas por el Gobierno regional y que reúnen condiciones de confidencialidad y privacidad.
La previsión del Gobierno de La Rioja es abordar un total de 30 mediaciones anuales con el objetivo de que de forma gradual se pueda aplicar la mediación en un 30% de los casos que llegan a la Fiscalía y Juzgado de Menores.
Algunos ejemplos
- Burlas y coacciones de un menor a otro en un centro escolar que no puede ser solucionado en el contexto educativo del instituto. Se tratará de que el menor infractor sea consciente a través del encuentro controlado con la víctima de los efectos que su actitud provoca en el otro. Los acuerdos estarán dirigidos a restablecer las relaciones entre ambos y no repetir los hechos. Este supuesto no llevaría aparejada, en principio, responsabilidad civil.
- Robo de una bicicleta que al ser recuperada presenta serios desperfectos. La reparación consistiría en que el menor se haga cargo de los gastos del arreglo de la bicicleta, y si se acuerda, la prestación de un número de horas de prestación de servicios en beneficio de la comunidad.
- Daños ocasionados al mobiliario público (por ejemplo destruir una cabina telefónica). El menor realizaría el proceso de mediación con un empleado público responsable del bien dañado. Un acuerdo podría ser el abono de los desperfectos y la realización de tareas en beneficio de la comunidad en algún servicio relacionado como puede ser el trabajo con los empleados municipales de parques y jardines.
- Imprudencia cometida con un ciclomotor causando lesiones a una persona. El menor debería, si así se acuerda, abonar una indemnización por los daños causados y/o realizar una prestación en beneficio de la comunidad dirigida, por ejemplo, a discapacitados por accidentes de tráfico.
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