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El Ayuntamiento de Madrid recula en las licencias para patinentes de alquiler: reduce un 40% los permisos

Una ciudadana utiliza un patinete eléctrico en Madrid, en una fotografía de archivo.

Somos Madrid

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El número de patinetes sin base fija autorizados por el Ayuntamiento de Madrid bajará un 40% con las nuevas condiciones que prepara su área de Movilidad, que serán publicadas a lo largo de este mes de octubre. Se pasará de 10.000 a 6.000 aparatos en las y solo tres empresas podrán ofertar el servicio, que será adjudicado en noviembre.

Del total, 3.600 se ubicarán en el interior de la M-30 (distritos de Centro, Arganzuela, Retiro, Salamanca, Chamartín, Tetuán y Chamberí), lo que equivale a un ratio de 35 patinetes por cada 10.000 habitantes, y 2.400 en el exterior, que se traduce en 10 patinetes por cada 10.000 vecinos. El límite viene determinado por la mitad de la capacidad de plazas en las reservas municipales de estacionamiento para bicicletas eléctricas en la fecha de la convocatoria, conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible (OMS).

Asociada a esta limitación, se restringe a tres los operadores que pueden ofrecer este servicio. El área dirigida por Borja Carabante considera que una fragmentación excesiva de las empresas supone un freno para la implantación efectiva de los patinetes compartidos, tal y como se ha demostrado en la ciudad. Para determinar este criterio se ha tenido en cuenta la experiencia de 17 ciudades y el modelo actual se asemeja al de París y Londres.

La reducción llega dos años y medio después de que el consistorio autorizada la presencia de 10.000 patinetes a partir de febrero de 2019. Aunque nunca se llegó a esta cifra: hasta 18 empresas han tenido permiso para operar en Madrid con 8.610 vehículos desplegados. Pero su número ha ido descendiendo hasta llegar a los 4.821 patinetes que circulan con permiso en la actualidad.

El Ayuntamiento busca que la nueva distribución en el espacio público municipal sirva para garantizar la seguridad vial y la protección de los usuarios de estos vehículos y del resto de ciudadanos. Se busca tambiénproteger el entorno urbano estableciendo un despliegue del servicio ordenado y equilibrado territorialmente, evitando así “una extensión indiscriminada de patinetes eléctricos que suponga un problema de convivencia y un uso abusivo del espacio público”.

Uno de los principales problemas del sistema actual de alquiler de patinetes es el estacionamiento indebido en lugares no habilitados. Las nuevas autorizaciones obligarán a las empresas adjudicatarias que sus sistemas tecnológicos impidan aparcar en puntos distintos a los previstos por el Ayuntamiento de Madrid, si lo hacen en el distrito Centro. En el resto de la ciudad, podrán estacionar fuera de las mencionadas reservas siempre que no exista una plaza para motocicletas, ciclomotores, bicicletas y VMP a menos de 50 metros del punto de estacionamiento.

Además, no se permitirá en ningún caso iniciar o finalizar el trayecto en calles de prioridad peatonal ni en las aceras ni en espacios peatonales contiguos a los parques históricos como El Retiro.

Para la concesión de las autorizaciones se otorgará elevada puntuación a las empresas que impidan con sus tecnologías los aparcamientos indebidos, la circulación por aceras, un plan de acción para dar a conocer la normativa a los usuarios, que ofrezcan clases de circulación segura a sus clientes y el empleo de vehículos no contaminantes para la logística del servicio.

Se ha introducido la exigencia de que los operadores están obligados a retirar los patinetes de zonas en las que contravengan la OMS o donde produzcan molestias peatonales en un plazo máximo de 48 horas. Este tiempo se reducirá a 24 horas si los vehículos están mal aparcados o presentan algún problema de mantenimiento. Si no los retiran, la empresa podrá ser sancionada.

De cara a procedimientos sancionadores o exigencia de reparación de daños contra el patrimonio por parte del Ayuntamiento, las empresas deberán incluir un registro de estacionamiento mediante sus aplicaciones para que los usuarios puedan incluir fotografías, la ubicación exacta del patinete al abandonar el servicio, de modo que sea posible verificar que el estacionamiento se ha producido conforme a la OMS.

El decreto donde se aprueban las condiciones para el otorgamiento de las autorizaciones municipales gratuitas concedidas al amparo del artículo 193 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, que regula el uso del espacio público, verá la luz esta semana.

Calendario y condiciones

La concesión obliga al titular del servicio a la contratación del patinete de manera remota o telemática. Se prohíbe la transmisión a terceros, el traspaso o la cesión de la misma, así como la publicidad en los vehículos. Si se supera el número máximo de patinetes establecido se podrá rescindir la autorización.

Los vehículos tendrán que ser nuevos y disponer de luces, timbre y elementos reflectantes homologados conforme a la normativa vigente. Cada patinete contará con un sistema que permita la geolocalización y su identificación para poder integrarse en una plataforma multimodal, valorándose con la máxima puntuación la integración en Madrid Mobility 360.

El calendario para las nuevas autorizaciones de patinetes es el siguiente. El decreto se publica esta semana y las empresas tienen 30 días para presentar las solicitudes. En noviembre se adjudicarán las concesiones a tres empresas. Tras la comunicación a los operadores, tendrán tres meses naturales a contar desde el día siguiente de la notificación para desplegar el 50% de la flota autorizada.

En caso de no haberlo realizado, el resto de vehículos tendrán que estar situados en calle en el plazo máximo de dos meses desde el inicio del primer despliegue. En el momento de la distribución habitual, se agruparán un máximo de cuatro patinetes por punto y no se podrán ubicar en ámbitos de paradas de transporte público colectivo o de taxi, reservas para personas con movilidad reducida o sobre las tapas de registro o de servicio.

Estas autorizaciones tienen un plazo de duración de tres años con posibles prórrogas por plazos de seis meses en atención a la evolución de la demanda. Los interesados deberán presentar sus solicitudes en el plazo de 30 días naturales a contar desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

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