El Código Penal incluirá el delito de enriquecimiento ilícito de cargos públicos con hasta tres años de cárcel

El portavoz del PSOE en el Congreso, Patxi López, ha anunciado este viernes que los socios de coalición registraron varias enmiendas al Proyecto de Ley de reforma del Código Penal. En una de ellas, los socialistas y Unidas Podemos han introducido el delito de enriquecimiento ilícito. Hasta ahora, los cargos públicos tenían obligación de presentar una declaración de bienes y patrimonio. Con la entrada en vigor del nuevo Código Penal pasarán a tener también la obligación de declarar los incrementos de patrimonio o de condonaciones de deuda hasta cinco años después de haber causado baja en su puesto.

“Aquellos cargos públicos que tengan un incremento de patrimonio o cancelación de deuda por encima de 250.000 euros de lo que son sus ingresos durante el ejercicio del cargo y hasta 5 años después de dejarlo, tendrán obligación de justificarlo”, explicó el portavoz socialista, que puntualizó: “Si no lo hacen, las penas de prisión irán de entre seis meses a tres años, las de inhabilitación entre dos y siete años y las multas hasta de tres veces lo enriquecido ilícitamente. Con esta medida España se situará entre los países más avanzados en materia de rendición de cuentas”, concluyó. 

El PSOE anuncia esta medida durante la tramitación parlamentaria de una reforma del Código Penal que, en principio, solo iba a afectar a la reforma del delito de sedición y a su sustitución por el desórdenes públicos agravados en el marco de la mesa de diálogo con Catalunya y de las negociaciones con ERC. Sin embargo, esa reforma será más profunda de lo previsto en un primer momento. A la derogación de la sedición se han sumado dos enmiendas más para que los vocales o el presidente del CGPJ que bloqueen la renovación incurran en responsabilidades penales y para suprimir el requisito de verificación de los nuevos magistrados por parte del Tribunal. Una medida dirigida a sacar a estas instituciones del bloqueo al que son sometidas por el PP y el sector conservador de la Justicia.

Además, ERC pretende llevar a cabo la reforma del delito de malversación para los condenados por el procés. Establece que las condenas más altas sean para los que se beneficien personalmente del delito y fija penas más bajas para quienes no lo hagan. La nueva redacción que plantea el partido independentista contempla condenas de hasta ocho años de cárcel para los casos más graves, en los que exista “ánimo de lucro”, y de hasta cuatro años de prisión a quien distraiga fondos públicos pero sin estar destinados al beneficio propio. El PSOE asegura no tener noticias de esa iniciativa.

El uso de falsos autónomos conllevará penas de cárcel

Además, PSOE y Unidas Podemos han incluído en la reforma del Código Penal una enmienda para castigar con penas de cárcel el uso de la figura del falso autónomo a empresarios que incidan en esta práctica, como es el caso de Glovo. En el texto registrado por los socios de coalición se especifica que, en concreto, “serán castigados con las penas de prisión de seis meses a seis años y multa de seis a doce meses los que, mediante engaño o abuso de situación de necesidad, impongan a los trabajadores a su servicio condiciones laborales o de Seguridad Social que perjudiquen, supriman o restrinjan los derechos que tengan reconocidos por disposiciones legales, convenios colectivos o contrato individual”. 

En la enmienda se concreta, en el caso de los falsos autónomos, que esas “mismas penas se impondrán a quien imponga condiciones ilegales a sus trabajadores mediante su contratación bajo fórmulas ajenas al contrato de trabajo, o las mantenga en contra de requerimiento o sanción administrativa”.