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El Defensor del Pueblo recurre ante el Constitucional la suspensión del voto de los nacionalizados con la ley de nietos

El defensor del pueblo, Ángel Gabilondo.

Iñigo Aduriz

16 de octubre de 2026 21:56 h

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El Defensor del Pueblo ha decidido interponer un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional por la suspensión del derecho al voto a personas nacionalizadas por la Ley de Memoria Democrática, tal y como ha informado el departamento que dirige Ángel Gabilondo este viernes a última hora.

En un comunicado, la institución explica que en su recurso Gabilondo ha solicitado medidas cautelarísimas y que se pronuncie sobre la interpretación del Tribunal Supremo (TS) acerca “de la suspensión del derecho fundamental al voto de los españoles nacionalizados de acuerdo con la Ley de Memoria Democrática”.

Ángel Gabilondo ha adoptado esta decisión tras haber recibido diversas peticiones de solicitud de amparo ante el TC de particulares y entidades, y tras haber analizado la decisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS del pasado lunes, 12 de octubre, cuando confirmó mantener la suspensión de votar a personas nacionalizadas por la mencionada ley, para que puedan, si así lo desean, ejercitar su derecho al sufragio activo en las próximas elecciones generales.

La ratificación por parte del Supremo de las medidas cautelares que congelan el derecho al voto de los descendientes de represaliados del franquismo amenazó con impedir la participación en las próximas generales de más de 160.000 españoles que se acogieron a la ley de nietos, cuenten o no con documentos que acrediten el exilio de sus antepasados.

En sus autos, el Alto Tribunal distingue entre dos formas de acceso a la nacionalidad. Por un lado, quienes aportaron documentos del exilio de sus antepasados. Y, por otro, quienes se acogieron a la instrucción que daba por exiliado a cualquiera que hubiera salido de España entre 1936 y 1955 y sobre la que el Supremo ha lanzado sospechas de que puede ser irregular. De acuerdo a esos autos, el primer grupo sí puede votar. Pero la decisión que han tomado los jueces es suspender preventivamente el sufragio de todos. Y dejar en manos de los consulados la tarea de cribar cada expediente. 

Pese a la decisión del Alto Tribunal, este jueves la Junta Electoral Central acordó dar la orden a la Oficina del Censo Electoral de enviar la documentación para poder votar el próximo 29N a los 2,7 millones de electores inscritos en el CERA, el censo de los españoles que residen de forma permanente en el exterior. La documentación se enviará también, por tanto, a los 163.020 nacionalizados a través de la ley de nietos a los que el Tribunal Supremo ha pedido dejar fuera de estos comicios. Y por eso el acuerdo incluye un aviso de que habrá electores que no podrán votar de acuerdo al mandato del Alto Tribunal.

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