La presencia de varios individuos concertados para atacar sexualmente a una mujer es ya intimidación. El Tribunal Supremo ha hecho pública este viernes la sentencia completa de 'la manada', en la que explicita la condena de 15 años para cada uno de los cinco hombres por un delito continuado de violación. El Alto Tribunal subraya, aludiendo a sentencias anteriores, que la presencia de varios individuos, aún sin previo acuerdo, ya implica la existencia de “intimidación ambiental”. La intimidación, junto a la violencia, es una de las condiciones que, según el Código Penal actual, son necesarias para calificar el delito como agresión sexual.
“En estos casos el efecto intimidatorio puede producirse por la simple presencia o concurrencia de varias personas, distintas del que consuma materialmente la violación, ya que la existencia del grupo puede producir en la persona agredida un estado de intimidación ambiental”, dice el Supremo, recordando fallos anteriores. La sentencia abunda en el concepto de intimidación ambiental y subraya que circunstancias como la edad y constitución física de víctima y agresor, el tiempo y el espacio donde se producen los hechos o el contexto son factores importantes para decidir si existe tal entorno intimidatorio.
La información la está ampliando Ana Requena, que está leyéndose la sentencia.