El tribunal de Kitchen rechaza investigar a Cospedal y al PP porque esa decisión correspondió al juez del caso
Ni Cospedal, ni anulación del juicio. El tribunal del caso Kitchen no ha esperado a la sentencia para resolver las cuestiones previas planteadas por las partes en la primera y segunda jornada de la vista oral. Los tres magistrados han decidido no retrotraer las actuaciones para poder incluir en el caso como investigada a María Dolores de Cospedal, ex secretaria general del PP, ni al propio partido como responsable civil subsidiario. Alega el tribunal que esa decisión es competencia exclusiva del juzgado y su titular actual, Antonio Piña, desestimó recientemente la petición del PSOE, la misma que los socialistas plantearon este lunes al tribunal de Kitchen.
La acusación popular del PSOE alegó un informe de Asuntos Internos que hace casi tres años pidió una valoración al juez de la Audiencia Nacional sobre unos indicios que los socialistas consideran nuevos y sobre los que el magistrado no se había pronunciado. Ese informe aportaba tres audios y en uno de ellos Cospedal admitía a Villarejo que tenía acceso a los informes policiales del caso de la caja B antes que el magistrado del caso, Pablo Ruz. El juez Antonio Piña consideró que no había indicios suficientes para volver a imputar a Cospedal.
Este martes, la presidenta del tribunal de Kitchen ha reprochado al PSOE que intente “bordear la decisión del magistrado instructor” y acuda al tribunal en pleno juicio. “Eso no es correcto”, ha zanjado Teresa Palacios.
Respecto a la petición de que el PP pase a considerarse beneficiario a título lucrativo de la operación Kitchen –como máximo beneficiario de una operación para sabotear una causa judicial contra el partido–, la presidenta del tribunal ha explicado que esa figura significa que el señalado tiene un beneficio “oneroso”. Esto es, su beneficio se debe poder medir en términos materiales. “No estamos hablando de eso. Más que un beneficio fue un perjuicio a las arcas del Estado”, en relación al desvío de fondos públicos para la operación a través de los gastos reservados.
De igual modo, el tribunal ha rechazado no ser competente para juzgar el caso Kitchen, como apuntaban las defensas. Estas alegaban que la carpeta Kitchen fue “un hallazgo casual” y que no había “conexidad” con el resto de encargos al comisario, realizados por particulares, por lo que debía ser investigado y juzgado en un tribunal ordinario. En este punto, los magistrados han asumido el criterio del fiscal Anticorrupción, que en su intervención había recordado que Villarejo sí que recibió un encargo para sabotear el caso Gürtel y una oferta de 15 millones de euros a cambio. Y que ese ofrecimiento es parte de la investigación de Kitchen, lo que asegura la conexidad con el resto de piezas y, por tanto, la competencia de la Audiencia Nacional para juzgarlo.