Este es el tiempo que se puede estar de incapacidad temporal
A la hora de solicitar una baja por incapacidad temporal, son muchos los trabajadores que se preguntan cuánto tiempo pueden estar de baja sin que esta les perjudique en su puesto de trabajo, especialmente en esos casos en los que la recuperación es más lenta de lo previsto.
En general, el tiempo máximo de duración de la baja laboral por incapacidad temporal es de 365 días, pero existen algunas excepciones que te permitirán recuperarte por completo antes de volver a la vida laboral.
¿Quieres saber cuál es ese tiempo máximo que se puede estar de baja por incapacidad temporal? Te lo contamos a continuación al detalle.
¿Cuánto tiempo se puede estar de incapacidad temporal?
Como ya hemos indicado, el tiempo máximo de duración de la baja laboral es de un año completo, es decir, 365 días, aunque existe una excepción que permite obtener la incapacidad temporal durante 180 días más. Esto quiere decir que, finalmente, el máximo legal de incapacidad temporal es de 545 días. Tras este tiempo, la baja se daría por finalizada de forma automática.
Durante los primeros 12 meses de incapacidad temporal serás tú el encargado de entregar los sucesivos partes médicos a la empresa, ya que es el período habitual de baja laboral. Además, también será necesario que sigas un tratamiento médico y que no realices ningún tipo de trabajo, ya sea por cuenta propia o ajena.
Una vez cumplidos esos 365 días de baja laboral reglamentaria, el trabajador se someterá a un nuevo examen médico y será la Seguridad Social la que decida el siguiente paso:
- Conceder una prórroga de 180 días si el trabajador no se ha recuperado de la lesión o enfermedad.
- Proceder al alta médica del trabajador, ya sea porque el problema está erradicado o porque no ha presentado debidamente los informes médicos exigidos.
- Iniciar un trámite para la citación del Tribunal Médico de cara al reconocimiento de una incapacidad permanente.
En caso de autorizar una prórroga, será la propia Seguridad Social la que se encargará de la comunicación con la empresa, con el Servicio Público de Salud e incluso contigo en caso de ser necesario.
Aún así, si no estás conforme con el alta médica, podrás realizar una reclamación en los siguientes cuatro días naturales tras recibir la notificación.
Por otra parte, los trabajadores autónomos tienen reconocidas las mismas coberturas y prestaciones por incapacidad temporal en caso de enfermedad o lesión.