Una denuncia convertida en martirio: un impago de pensión de alimentos llega a juicio diez años después en Sevilla

Fachada del Palacio de Justicia de Sevilla, que alberga la Audiencia Provincial y la sede de la Fiscalía

Javier Ramajo

3 de abril de 2024 21:27 h

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Después de dos últimos aplazamientos, en febrero y noviembre de 2023, este martes quedaba visto para sentencia uno de los cientos de juicios que se celebran en Sevilla, relativo en este caso al impago de la pensión de alimentos de un hombre respecto a sus dos hijas, de cuya madre se separó en junio de 2011 y quien le denunció en abril de 2014 por no abonar las cantidades que le correspondían. Un proceso penal abierto desde hacía diez años justo ahora, y cruzándose a diario con su exmarido en el mismo pueblo. “Al final su denuncia ha sido su condena en padecimiento. Algo insufrible”, lamenta su abogado.

Los procedimientos judiciales de relaciones familiares que afectan a niños y niñas se acumulan en los juzgados. “Un martirio para mi clienta, que no ve el fin a este asunto. Está mal de los nervios. Ya no quiere ni dinero ni nada, solo paz mental. Las hija mayor ya tiene 19 años”, relata el letrado a Sevillaeldiario.es a las puertas del juzgado de donde luego saldría llorando la denunciante al rememorar lo difícil que le ha sido sacar adelante a sus dos hijas ella sola.

Este periódico ya informó del caso de otra mujer, más joven, que se preguntaba qué pasaba con su hija mientras llegaba un juicio de similares características (unos cuatro años de espera en su caso). El juicio del que ahora hablamos fue fijado en un principio para el 23 de octubre de 2023 pero, tras interponer el abogado quejas ante el Defensor del Pueblo Andaluz y el CGPJ, amén de las nuevas consideraciones del Tribunal Supremo respecto a la materia, se había adelantado al 31 de enero de este año 2022. Diversas circunstancias lo retrasaron hasta este martes, 2 de abril de 2024.

El recorrido de este caso es particular, si bien este tipo de asuntos vienen sufriendo retrasos en sus señalamientos pese a que dejar de abonar la pensión se considera violencia económica, tal y como determinó el Tribunal Supremo en marzo de 2021, y de que el Gobierno de España, por otra parte, afirmó en su momento que estudiaría tipificarlo como violencia de género. No abonar esa compensación es dejar a los menores “en un estado de necesidad” e implica una “doble victimización”, tanto para ellos y para el progenitor que tiene la custodia, dijo aquella sentencia del Supremo.

Casi 50.000 euros

Salvo los primeros seis meses, el padre de este caso concreto no ha abonado nada, afirma el abogado de la denunciante, Manuel Colorado. Las niñas tenían cuatro y ocho años en el momento de la denuncia. Trabajaba y las cuidaba durante un tiempo, pero finalmente no pudo con ambas cosas y ha sobrevivido gracias a las ayudas de su familia. Cerca de 50.000 euros le debe su exmarido de pensiones impagadas (unos 300 euros por mes y por hija). Desde enero de 2012 no ha pagado nada, insiste el abogado.

En el apartado de 'Relaciones Familiares' de la Memoria de la Fiscalía Superior de Andalucía, el fiscal jefe de Cádiz señala que “el número de condenas por impago de pensiones es muy inferior al de acusaciones porque en el acto del juicio oral o bien queda acreditada la imposibilidad del pago por el obligado o bien el acusado realiza el pago de lo debido y la persona perjudicada, normalmente su ex mujer o pareja, renuncia a declarar amparándose la dispensa que establece nuestra norma procesal”.

En el mismo informe, como ya informó este periódico, el fiscal jefe de Almería apunta “un alto porcentaje de sentencias absolutorias” en esta materia “al apreciarse que el acusado no puede hacer frente a la obligación de contribuir a las cargas familiares por carecer de ingresos y tener una situación económica muy precaria, si bien es cierto que en varios casos se sospecha que obtiene ingresos no declarados en la llamada economía sumergida, pero estas circunstancias no son fáciles de probar”.

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