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Un juez de Sevilla multa a un padre con 27.000 euros por condenar a sus hijos al subsidio al no pagar la pensión en 7 años

Archivo - Juzgados de Sevilla

Inmaculada Calahorro

Sevilla —
29 de abril de 2024 14:40 h

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El impago de las pensiones alimentarias por parte de un padre sevillano durante siete años ha empujado a sus tres hijos y a la madre a la necesidad de subsistir gracias a préstamos de familiares y a las ayudas concedidas por el Banco de Alimentos de la localidad. Ahora, el condenado se enfrenta a una pena de casi 27.000 euros por un delito de impago de pensiones, cantidad que deberá abonar a la madre M.G.C “por las manutenciones adeudadas y no satisfechas desde la mensualidad de agosto de 2017”.

La sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, subraya que la atribución del delito reside en la falta de voluntad del condenado al pago del dinero correspondiente a la manutención de sus hijos, “si no de forma deliberada, cuanto menos pasiva”, dado que el condenado no ha acreditado de modo alguno falta de capacidad económica para afrontarla. El Juzgado de lo Penal número 15 de Sevilla ha multado al padre en lugar de imponer una pena de prisión, al considerar que es “la menos gravosa”, dado que no tiene antecedentes penales.

Todo eso después de un proceso que el letrado de la madre, Francisco Antonio Moreno Bautista, califica como “desesperadamente lento” puesto que la denuncia se presentó en verano de 2021 y hasta este año no se había dictado sentencia. Además, la lentitud del procedimiento se ha visto agravada por las dilaciones fomentadas por el abogado contrario, “quien hasta en dos ocasiones ha pospuesto las vistas alegando distintos motivos”, cuenta Moreno.

“¿Pero quién evalúa y compensa a los menores por el daño psicológico sometidos a una situación de pobreza severa?”, se ha cuestionado el abogado. Durante estos años y según adelantó la SER, “los niños han podido comer gracias al Banco de Alimentos y a las ayudas que han recibido del ayuntamiento de La Rinconada”, municipio en el que residen. Además, abuelos y demás familiares de los menores han tenido que pedir préstamos bancarios para que los niños pudieran comer.

El letrado también ha acusado al padre de vulnerar los derechos del menor, recogida en la Declaración de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, de 1959: “el padre no solo ha hambreado a sus hijos, sino que con ello ha incumplido el derecho de estos a una infancia digna, a la integridad y a la seguridad económica”.

Saturación en los juzgados andaluces

La situación de estos menores no es un caso aislado. El pasado 2022, bajo el pseudónimo de Luisa, una mujer denunció en este periódico la situación por la que estaba atravesando: en un presunto caso de abandono de familia, el padre había dejado de pagar en varias ocasiones los gastos de manutención de su hija, hecho que el Tribunal Supremo calificaba como una forma de ejercer violencia económica y que el Gobierno estudiaba tipificar como violencia de género a raíz de una propuesta de la magistrada Mataró en Cataluña.

El de Luisa, al igual que el caso que lleva Moreno, son dos de los miles de procedimientos por impago de pensiones que se acumulan en Andalucía y España. Una situación que, según recoge la última Memoria de la Fiscalía de Andalucía, ha aumentado significativamente en la mayoría de las provincias andaluzas, donde generalmente delitos de imago de pensiones y abandono de familias van de la mano.

De igual forma, han aumentado las sentencias absolutorias en estos casos al apreciarse por el juzgador que el acusado no puede hacer frente a cargas familiares por carecer de ingresos y tener una situación económica muy precaria. Si bien el informe contempla que existen casos en los que “se sospecha que la persona que obtiene ingresos no declarados en la llamada economía sumergida, pero estas circunstancias no son fáciles de probar”.  

Moreno espera que, en su caso, el condenado no sea declarado insolvente por el juzgado, dado que creen tener constancia de que el acusado está regentando varios negocios en Villaverde del Río. En caso de que sí se declarase, habría que iniciar el procedimiento de nuevo y la “integridad de los menores se pondría en peligro una vez más por la lentitud de los tribunales españoles” ha argumentado Moreno.

La sentencia es recurrible hasta este lunes a las 15.00 horas.

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