El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha autorizado al Govern a aplicar las medidas sanitarias que aprobó este lunes, entre las que se encuentran requerir el certificado COVID para poder acceder a los locales de ocio nocturno en las islas, que reabrirán el 8 de octubre.
Según un auto de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJIB de este viernes, los informes aportados por el Govern demuestran “con abundancia de datos científicos”, que “la única medida eficaz posible” para la reapertura de los locales de ocio en las islas el próximo viernes, que proporcione un alto nivel de protección para la salud pública, es la implantación del denominado pasaporte COVID.
En esta ratificación judicial, los jueces sostienen que este requisito “solo puede disminuir considerablemente el riesgo de contagio en dichos establecimientos”, por lo que sigue así la misma línea que la sentencia del Tribunal Supremo referida a la aplicación de esta normativa por parte de la Xunta de Galicia.
Quienes quieran acceder a los locales de ocio nocturno de Baleares desde el 8 de octubre deberán mostrar el certificado COVID o “green pass” que informa de la vacunación completa o una prueba negativa reciente de quien lo porta.
Informa EFE.