El Tribunal Supremo (TS) ha acordado no admitir la querella presentada por la Asociación Abogados Cristianos contra el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, en relación con la suspensión de actos de culto religioso por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado durante el confinamiento y el estado de alarma en distintos lugares de España entre marzo y abril.
La Sala de lo Penal del TS, ponencia de Vicente Magro Servet, señala que en la querella de esta entidad de juristas no hay ningún indicio que avale razonablemente la intervención del ministro en los hechos denunciados que pudieran acreditar su responsabilidad en los delitos que se le imputan –prevaricación, prohibición y suspensión de culto– ,“y más aún dadas las circunstancias de excepcionalidad en la que se realizaron las actuaciones de las distintas Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado”.
En su auto, señalan que, como indica el fiscal, las actuaciones que se citan en la querella se producen en diversas localidades del país y con diferentes Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, lo que da a entender que “se trató de una actuación homologada nacional que tuvo por base la razón del confinamiento, dadas las fechas en las que se relata que ocurrieron los hechos en pleno estado de alarma y confinamiento operado en el país desde el 15 de marzo de 2020 en adelante”.
A juicio de los letrados cristianos, el ministro del Interior era “responsable de las numerosas interrupciones de celebraciones religiosas que tuvieron lugar en diversos puntos de España durante el estado de alarma”, ya que además de su mando sobre la Policía Nacional, Marlaska tenía transferido el mando sobre las policías autonómicas y locales.
Denunciaban que esas interrupciones de actos de culto religioso se habían producido en lugares concretos y en un “abanico” de fechas comprendidas entre el 22 de Marzo y el 13 de abril de 2020, momento en el que la primera ola de la pandemia elevaba el número de fallecidos por la COVID día a día. Ahora el alto tribunal afirma que las fechas coinciden con el estado de alarma y se centran en las medidas de extraordinaria urgencia adoptadas para preservar la seguridad colectiva.
Informa Europa Press.