Minuto a Minuto Última hora sobre el coronavirus en España y el mundo
Las empresas en ERTE deben probar desde este lunes su relación con los sectores “más afectados” por la pandemia para acceder a ayudas
La última prórroga de los ERTE ha ceñido las ayudas a la cotización de las empresas en ERTE a aquellas “especialmente afectadas” por la pandemia, además de los nuevos ERTE por rebrote que se pueden solicitar para todos los sectores. El plazo para demostrar esta condición de especialmente afectada se inicia hoy lunes, 5 de septiembre, y se extiende hasta el próximo día 19.
Se puede acceder a la condición de empresa “especialmente afectada” por tres vías: de manera automática si se pertenece a uno de los 42 sectores seleccionados por el Gobierno, si se depende económicamente de ellos en al menos un 50% de la facturación o si se forma parte de la cadena de valor de estas 42 actividades.
El decreto de prórroga de los ERTE establece que “la solicitud de declaración de empresa dependiente o integrante de la cadena de valor deberá ser presentada entre los días 5 y 19 de octubre de 2020” ante la autoridad laboral que tramitó el ERTE y fija el procedimiento para hacerlo.
La resolución de la autoridad laboral se dictará “en el plazo de cinco días a contar desde la presentación de la solicitud”, previa solicitud de informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Pasados esos días sin respuesta, “la empresa podrá entender estimada la solicitud presentada por silencio administrativo”.
Escribe Laura Olías.