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Sobre este blog

Contrapoder es una iniciativa que agrupa activistas, juristas críticos y especialistas de varias disciplinas comprometidos con los derechos humanos y la democracia radical. Escriben Gonzalo Boye (editor), Isabel Elbal y Sebastián Martín entre otros.

El maltrato psíquico sobre la mujer: dificultad probatoria

Imagen de archivo: Una mujer enciende una vela durante una concentración contra la violencia de género.

Isabel Elbal

Hace unos días me sorprendió el reclamo publicitario de un grupo de abogadas dedicadas “a la defensa de hombres maltratados”. Así mismo, se ofrecía una definición de hombres maltratados: aquellos que sufren maltrato psicológico y físico por parte de sus exparejas, mediante la interposición de denuncias falsas. A mayor abundamiento, afirma este colectivo que “muchas de las denuncias por malos tratos en los juzgados de violencia sobre la mujer son falsas y con fines espurios”.

La sorpresa me vino al concluir que tal nicho de mercado, posibles clientes con el perfil de “hombre maltratado” por interposición de denuncias falsas, fuera tal que motivara una especialidad de estas características.

En un contexto de desigualdad de género como el que vivimos, en el que desde los micromachismos cotidianos hasta los homicidios machistas, constatamos el profundo arraigo social de las conductas machistas, me veo en la necesidad de indagar acerca de esa posible ventana de oportunidad para crear una especialidad en la lucha contra el hombre maltratado.

En primer lugar, es cierto que el porcentaje de denuncias falsas podría ser ligeramente superior a las cifras oficiales; eso se debe a que la Fiscalía computa aquellos casos en que denunció de oficio a una mujer que había denunciado falsariamente y fue condenada. Sin embargo, sabemos que esta institución no siempre es infalible y también que algunos afectados por denuncias aparentemente falsas se resisten a tomar la iniciativa. En todo caso, estas variables podrían modificar la cifra de denuncias falsas, pero no creo que dicha variación elevara el porcentaje hasta el extremo de crear un “nicho de mercado” tan enorme como para dedicar una especialización a la defensa del hombre maltratado.

En segundo lugar, respecto a las denuncias falsas, me llama enormemente la atención que éstas copen titulares, cuando vivimos en un mundo de desigualdad de género, que incluye situaciones violentas como los homicidios machistas o el maltrato sobre la mujer. Los delitos contra la propiedad son también muy comunes, sin embargo, a nadie se le ocurre destacar las denuncias falsas –que se dan– y que pondrían en duda sistemáticamente cualquier denuncia al respecto.

Resaltar el problema de denuncias falsas en delitos de violencia machista denota una gran carencia social: la falta de concienciación del sistema patriarcal en que estamos sumidas. Con toda seguridad, es más fácil aceptar como dato objetivo la intolerable brecha salarial que padecemos, que asumir el problema de la violencia sobre la mujer, que afecta a un alto porcentaje de la población y que en muchas ocasiones se halla oculto, debido a actitudes producidas, precisamente, por la dominación del hombre sobre la mujer: el miedo a ser atacadas, el temor a la estigmatización social o al aislamiento familiar.

En tercer lugar, habrá que precisar qué se entiende por denuncia falsa, pues no tiene las mismas consecuencias faltar a la verdad sobre hechos precisos e incriminadores que describen el núcleo de la acción delictiva, que denunciar unos hechos que no son delictivos, a juicio de la autoridad judicial. El problema radica en que en un caso y en otro la consecuencia jurídica es la misma: sobreseimiento y archivo del procedimiento.

Así, entiendo que es inmoral tratar de amedrentar a las víctimas de violencia machista, con el consiguiente retraimiento de presentación de denuncias contra sus parejas maltratadoras, por medio del aviso de ser investigadas si dichas denuncias no prosperan. No es ético enviar este mensaje, porque la mayoría de los casos en los que las denuncias no prosperan es porque los jueces interpretan que los hechos no son incardinables en ningún delito, pero sin cuestionar la veracidad de lo que se denuncia. Es decir, la denuncia no es falsa, sino irrelevante penalmente.

Normalmente, esto suele suceder en los casos de menoscabo psíquico, por la dificultad que entraña probar este dañino comportamiento, que suele dejar por el camino secuelas y necesidad de tratamiento psíquico y/o psicológico.

El menoscabo psíquico es una conducta que, sin llegar a constituir maltrato habitual, está contemplada en nuestro Código Penal (art. 153) como delito, que lleva aparejado una pena de seis meses a un año de prisión o trabajos en beneficio de la comunidad. Se trata de una acción violenta de un hombre contra su pareja, cuando se produzca en el seno de una relación de sumisión, dominación y sometimiento a la mujer por parte del hombre.

Es decir, no se requiere habitualidad pero sí un daño psíquico, aunque sea leve, siempre y cuando estemos en un contexto de dominación del hombre sobre la mujer. Ese contexto abarca situaciones en las que el hombre denigra a la mujer por el hecho de serlo, es decir, no reconoce su dignidad como persona y tampoco acepta que tenga derechos, capacidades y competencias.

Se puede dar en situaciones en que las mujer padece un estrés provocado por la relación desigual de dominación, que conlleva un tratamiento, normalmente consistente en la prescripción de ansiolíticos y otros fármacos que ayuden a estabilizar el equilibrio emocional de la víctima.

El problema que nos encontramos en los Juzgados es que estos actos de violencia con resultado de daño psíquico se valoran desde la perspectiva sociológica y caracteriológica concurrente. Es ahí donde se producen, desde mi punto de vista, los frecuentes errores en la valoración, dado que se parte del prejuicio de que determinadas personas, por su formación, profesión o carácter, no reunirían las características de persona sometida y humillada.

Por ejemplo, y me referiré a un caso que actualmente estamos defendiendo en nuestro despacho: la idea de que una abogada pueda sufrir violencia machista es rechazada, dado que se le presume una formación incompatible con una vivencia de relación desigual con su pareja. Sin embargo, la violencia machista es una situación transversal que puede darse en todos los estratos sociales y cuando aparece no siempre se es consciente de su existencia. En palabras de nuestro Tribunal Constitucional, la consolidación de la discriminación agresiva del varón hacia la mujer en el ámbito de la pareja añade un efecto intimidatorio a la conducta, que restringe las posibilidades de actuación libre de la víctima.

Siguiendo con el ejemplo de la compañera a la que estamos defendiendo, no percibida como víctima de violencia machista, nos encontraríamos con la consiguiente resolución de sobreseimiento y archivo del procedimiento. Y ésta sería una situación muy controvertida: ella seguiría sujeta a un tratamiento en el que los profesionales le indican que sufre una dolencia relacionada con el dominio machista de su expareja, pero jurídicamente no sería víctima de maltrato.

Como su denuncia ha sido archivada, el denunciado podría verse animado a presentar querella contra ella por presentar denuncia falsa, aún sabiendo que ella no mintió, pues se sintió despreciada y humillada, explotada y vejada, fue víctima de expresiones de menosprecio dirigidas con gran dosis de violencia; en suma, el trato tan denigrante padecido le ocasionó crisis nerviosas, insomnios y falta de control sobre su propia vida hasta que hubo de acudir a los profesionales adecuados para que la ayudaran a recuperar las riendas de su vida. Da igual que en comisaría, al activar el protocolo, este haya dado como resultado un riesgo muy elevado para la víctima; será indiferente que el denunciado la haya llamado desde teléfonos ocultos, antes de presentar la denuncia, será irrelevante que el denunciado tenga dos armas –una reglamentaria y otra particular–, así mismo, podrá restarse importancia al hecho de que un vecino haya visto a su expareja en la puerta de su domicilio… Ella ya no es una víctima.

Y, sí, en casos como este, se podrá acudir cierto despacho especializado en “hombres maltratados”.

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