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Tribunal de UE: Debe disponerse de información si una obra daña medioambiente

EFE

Bruselas —

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) afirmó hoy que los ciudadanos deben tener acceso a información sobre una decisión de urbanismo relativa a la construcción de una instalación que tiene repercusiones significativas sobre el medioambiente.

La corte, con sede en Luxemburgo, emitió una sentencia en la que afirmó que no puede invocarse la protección del secreto comercial para denegar dicho acceso.

El tribunal comunitario analizó la creación de un vertedero de residuos en una cantera de extracción de tierra para fábricas de ladrillos en Eslovaquia, cuya construcción y explotación fueron autorizadas sin haberse publicado previamente la resolución de urbanismo.

El Supremo eslovaco solicitó al Tribunal de Justicia europeo que determinase el alcance del derecho del público a participar en los procedimientos de autorización de proyectos que tengan repercusiones significativas sobre el medioambiente.

En su sentencia de hoy, la corte europea constata que la resolución de urbanismo acerca de la construcción del vertedero en cuestión sirve de base para la decisión final de autorizar o no dicha instalación.

Esa resolución incluye, además, información pertinente para el procedimiento de autorización “a la que el público interesado debe poder tener acceso”, precisa el tribunal en un comunicado de prensa.

En ese contexto, señala que la negativa a poner a disposición del público la resolución de urbanismo “no puede justificarse invocando la protección de la confidencialidad de la información comercial o industrial”.

Asimismo, la corte apunta que el público interesado debe tener acceso a toda la información pertinente a partir de la fase del procedimiento administrativo de primera instancia, “antes de que se adopte una primera resolución, siempre que dicha información esté disponible en la fecha en la que se lleva a cabo esa fase del procedimiento”.

También indica que el objetivo de la directiva europea sobre prevención y reducción de la contaminación “no puede alcanzarse” si no puede evitarse que una instalación autorizada en incumplimiento de esa norma europea continúe funcionando “a la espera de una resolución definitiva” sobre su legalidad.

Por último, el Tribunal de Justicia constata que la resolución de un juez nacional que anula una autorización concedida en incumplimiento de la mencionada directiva “no constituye, en cuanto tal, un menoscabo injustificado al derecho de propiedad del titular”.

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