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La Audiencia Nacional restituye al Jefe Superior de Policía del País Vasco, cesado cautelarmente desde septiembre

EUROPA PRESS

MADRID —

La juez Central de lo Contencioso-Administrativo número 9 de la Audiencia Nacional, Eva María Alfageme, ha restituido en su puesto al Jefe Superior de Policía del País Vasco, Fernando Amo, al que cesó cautelarmente el pasado mes de septiembre tras admitir el recurso de un Inspector que impugnó el nombramiento de este mando policial alegando que carecía de “licenciatura universitaria o equivalente”.

Ahora la jueza, en una sentencia del pasado 19 de febrero a la que ha tenido acceso Europa Press, considera que el recurrente Jesús Andrés de Dios no tiene legitimidad para impugnar el nombramiento ya que, al ser Inspector, no podría “en ningún caso” haber optado al puesto de Jefe Superior de Policía en el País Vasco, “porque no pertenecía a la Escala Superior y ello le priva de legitimación activa para la interposición del recurso”.

Alfagame se basa en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que “en numerosas resoluciones” indica que es preciso que la resolución impugnada “repercuta de manera clara” a quien recurre “sin ser suficiente el mero interés por la legalidad”.

No obstante, la jueza evita entrar en el fondo del debate sobre la necesidad de contar con una licenciatura universitaria o equivalente para desempeñar el cargo de Jefe Superior de Policía. Según fuentes policiales consultadas por Europa Press, esto abre la puerta a futuros recursos o impugnaciones de funcionarios policiales que sí se vean afectados de manera directa, como por ejemplo cualquier comisario.

LOFAGE

El origen de la cuestión se sitúa en la redacción de la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (LOFAGE), concretamente en su artículo 19 sobre “los subdirectores generales” que “serán nombrados y cesados por el Ministro o el Secretario de Estado del que dependan”. En esta categoría se incluiría un Jefe Superior de Policía.

En ese artículo se especifica que “los nombramientos se efectuarán entre funcionarios de carrera de la Administración General del Estado y, en su caso, de otras Administraciones públicas cuando así lo prevean las normas de aplicación y que pertenezcan a Cuerpos y Escalas, a los que se exija para su ingreso el Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente”.

Por estos motivos, el inspector Jesús Andrés de Dios solicitó la suspensión cautelar de Fernando Amo tras impugnar el nombramiento recogido en la orden 43/2012 (17 de enero de 2012) del Departamento que dirige Jorge Fernández Díaz. Según este inspector, Amo es “un funcionario carente de Licenciatura Universitaria o equivalente” y su nombramiento se hizo “sin previa convocatoria de la plaza”.

En su momento la juez atendió esta reclamación en un escrito fechado el pasado 10 de septiembre. Entendía entonces que procedía acceder a “la suspensión provisional de la ejecución de la resolución recurrida, por apariencia de ilegalidad y posible daño a la función pública, en el supuesto de que pudiera ser que la persona carezca de la titulación exigida”.

Pero ahora la Audiencia Nacional restituye a Fernando Amo en una sentencia contra la que, según dice, cabe la posibilidad de presentar un recurso de apelación en quince días.

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