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El Supremo lleva a Europa la creación de la CNMC al dudar de su independencia

El Supremo lleva a Europa la creación de la CNMC al dudar de su independencia

EFE

Madrid —

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El Tribunal Supremo ha planteado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sus dudas sobre la legalidad de la creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), al dudar de la independencia de este supervisor único que aglutina a todos los organismos reguladores.

En un auto, el Alto Tribunal eleva a la Justicia europea una cuestión prejudicial para conocer su opinión sobre si es compatible con las directrices europeas “un órgano de regulación y supervisión que responda a un modelo institucional de carácter no especializado” y que fusione en uno solo los órganos de control de la energía, las telecomunicaciones y la competencia.

La CNMC, creada en 2013, concentra las funciones de la Comisión Nacional de Energía, de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, de la Comisión Nacional de la Competencia, de la Comisión del Sector Postal, de la Comisión de Regulación Económica Aeroportuaria, del Comité Regulador Ferroviaria y del Consejo Estatal de Medios Audiovisuales.

Para el Supremo, resulta “cuestionable” si ese conglomerado “resulta compatible, en concreto, con la configuración de los órganos nacionales de regulación en materia de redes y servicios de comunicaciones electrónicas” de la directiva europea sobre esta materia.

En su opinión, esta normativa “exige que las autoridades nacionales dispongan de un órgano regulador propio, no integrado en otro superior, de modo que quede suficientemente garantizada no solo su independencia, sino también su capacidad y competencia técnica”.

Además, plantea otras dos preguntas, la primera si las “condiciones de independencia” de las autoridades nacionales de regulación en materia de redes y servicios de comunicaciones electrónicas, a las que se refieren las directivas europeas, “han de ser análogas” a las exigidas a las autoridades nacionales de control de protección de datos personales.

También duda de si realmente existen razones suficientes para considerar si “una reforma legal que reordena la organización general de los órganos reguladores”, justifica el que no se haya respetado la totalidad del mandato del consejero y el presidente de la CMT inicialmente previsto.

El Supremo ha llegado a esta conclusión tras analizar los recursos que interpusieron el anterior presidente de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, Bernardo Lorenzo, y del exconsejero Xabier Ormaetxea, tras su cese en octubre de 2013.

Para los recurrentes, los reales decretos por los que el Ejecutivo les cesó antes de expirar el término de su mandato, inicialmente previsto de seis años, eran contrarios a las directivas europeas y no concurría ninguna causa legal para ello.

Sobre ello, los magistrados subrayan que la reforma de los organismos reguladores, “sin ninguna otra razón adicional”, propició la terminación anticipada de sus mandatos sin que hayan “concurrido ninguna de las causas legales previstas”, y cree que podría haber sido contrario “a las exigencias de independencia”.

“Más en concreto, podría afectar a la independencia de los miembros del órgano regulador frente a posibles injerencias externas y, en particular, a la obligación de los Estados miembros de velar por el respeto al mandato integro de los nombrados”, rematan.

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