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El TC admite los recursos de Andalucía, Asturias y C.Valenciana por medidas económicas

El TC admite los recursos de Andalucía, Asturias y C.Valenciana por medidas económicas

EFE

Madrid —

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El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite los recursos de inconstitucionalidad formulados por las comunidades de Andalucía, Asturias y la Generalitat Valenciana contra varias de las medidas para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, aprobadas por el Gobierno el pasado mes de julio.

En una providencia notificada hoy, el Tribunal admite el recurso y da traslado de las actuaciones al Congreso, al Senado y al Gobierno, que disponen de quince días para personarse en el procedimiento y formular alegaciones.

El Constitucional expone que la admisión a trámite no supone ningún pronunciamiento sobre el fondo de los citados asuntos, que el Tribunal resolverá próximamente.

El pasado 23 de septiembre, la Junta de Andalucía decidió presentar un recurso de inconstitucionalidad contra el real decreto de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

La Junta decidió impugnar cinco disposiciones del decreto de medidas económicas (4,5,6,7 y anexo 1 del Real Decreto Ley), al considerar que dejan sin contenido competencias autonómicas sobre horarios comerciales, además de suponer un perjuicio para las pymes del sector en Andalucía.

Los artículos que se recurrirán obligan a las comunidades autónomas a declarar obligatoriamente nuevas ciudades con Zonas de Gran Afluencia Turística a efectos de horarios comerciales, aunque no lo hayan solicitado y rebajando los criterios que deben cumplir.

En el caso de Andalucía, las poblaciones afectadas son Almería, Jerez de la Frontera (Cádiz) y Marbella (Málaga), que se sumarían a las cuatro que se declararon por imposición del anterior decreto, también recurrido por la Junta: Sevilla, Córdoba, Málaga y Granada.

Por su parte, el Principado de Asturias promovió un recurso contra los artículos 4 y 7 del Real Decreto Ley contra la libertad de horarios comerciales en zonas de gran afluencia turística, que deberán delimitarse en ciudades como Oviedo y Gijón.

El Gobierno del Principado considera que la implantación de la libertad de horarios en Gijón y Oviedo no está justificada y puede resultar lesiva para la actividad comercial, especialmente para los pequeños y medianos establecimientos.

El Constitucional también ha admitido a trámite el recurso contra el artículo 124 de la misma ley, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica.

Este mismo artículo fue recurrido por el Gobierno de la Generalitat Valenciana.

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